Iñaki Barredo, abogado, explica los dos errores básicos del testamento que "pueden llevarte a la ruina"

Hacer un testamento genérico es un error de libro debido a que obliga a los herederos a ponerse de acuerdo, aclara en sus redes sociales.

Herencias sin dramas: los errores que debes evitar según este experto en finanzas

Herencias sin dramas: los errores que debes evitar según este experto en finanzas / Eva Abril

Sheila Noda

Un testamento es aquel documento a través del cual se define el destino de los bienes de una persona o una parte de ellos después de su fallecimiento. De la existencia de esta declaración de últimas voluntades y su claridad dependerá el futuro de los herederos, por lo que se hace necesario evitar errores básicos.

El primero de ellos, no hacer el testamento. Este es “el error más garrafal que te puedes encontrar en una herencia”, afirma Iñaki Barredo, abogado experto en derecho sucesorio. En estos casos corresponde a la ley decidir sobre el patrimonio del fallecido, una ley que se remonta al siglo XIX, aclara.

Mientras que el segundo error es hacer un testamento genérico donde se incluya la famosa cláusula de “nombro herederos universales a mis hijos por iguales partes”. Indica que este es un error de libro debido a que les obliga a ponerse de acuerdo “para ir a la notaría a firmar o a un juicio”, precisa desde sus redes sociales.

Juicio entre hermanos

Cuando se trata de un juicio entre hermanos lo que ocurre "muchas veces es que lo retrasas lo más posible", indica el experto, quien también insiste en que los juicios sobre herencias son los más lentos en los juzgados y pueden demorar entre tres y cinco años. 

“Estos dos errores pueden llevarte a una ruina después de muerto”, dice Barredo.

@inakibarredoabogados

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Testamento y pacto sucesorio

Además del testamento existe el pacto sucesorio. “Estas fórmulas son mucho más accesibles y baratas de lo que la mayoría cree, pero sus efectos pueden ser decisivos para evitar conflictos familiares y bloqueos de la herencia”, afirma. Sobre estos documentos explica:

  • Testamento: permite dejar clara la voluntad del testador. Sin testamento, la herencia se reparte, según la ley, lo que no siempre coincide con lo que realmente quería el difunto y los impuestos y las disputas pueden multiplicarse.
  • Pacto sucesorio: permite dejar la herencia atada y evitar cambios de última hora o conflictos entre herederos. A diferencia del testamento, el pacto sucesorio tiene carácter vinculante.

A su vez, el pacto sucesorio posibilita anticipar la herencia, lo que puede suponer un importante ahorro fiscal, tanto en el impuesto de sucesiones como en otros tributos relacionados, indica Barredo.

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