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¿Puede un inquilino cambiar la cerradura de la casa alquilada? Un abogado lo aclara

Conoce los derechos de los arrendatarios y las posibles consecuencias de actuar en su contra

Cambiar la cerradura siendo inquilino: ¿es legal? Un abogado responde

Cambiar la cerradura siendo inquilino: ¿es legal? Un abogado responde / Eva Abril

Una de las dudas más comunes cuando se firma un contrato de arrendamiento es quién tiene derecho sobre las llaves y qué ocurre si el inquilino decide cambiar la cerradura de la vivienda. A esta cuestión ha respondido de forma clara y directa el abogado Alberto Sánchez, conocido en redes sociales como @legamente.rrss. Aunque muchos caseros creen tener control sobre la vivienda durante el alquiler, la ley española establece límites claros a su acceso.

Según explica Sánchez, el propietario nunca puede entrar en la vivienda sin consentimiento expreso del inquilino, ni siquiera cuando hay impago del alquiler o la necesidad de hacer revisiones. En su análisis, deja claro que ninguna cláusula contractual permite al casero acceder al domicilio arrendado sin autorización, ya que esto vulnera derechos constitucionales. En caso de hacerlo, podría enfrentarse a sanciones, incluso penales.

Archivo - Un hombre introduce una llave en la cerradura de la puerta de su nueva vivienda

¿Puede un inquilino cambiar la cerradura de un piso alquilado? / Eduardo Parra

El casero no puede cambiar la cerradura

El letrado también señala que el casero no puede cambiar la cerradura bajo ningún concepto mientras el contrato esté vigente. “Si lo hace, se considera un delito de coacciones, aunque haya impagos o conflictos”, aclara Sánchez. Este delito, recogido en el artículo 172 del Código Penal, puede suponer penas de cárcel de entre seis meses y dos años, además de la obligación de indemnizar al inquilino y restituir la situación anterior.

Excepciones

Ahora bien, ¿existen excepciones en las que el propietario pueda entrar a la vivienda? La respuesta es sí, pero muy limitadas. Según Sánchez, la única situación en la que el arrendador puede acceder legalmente al inmueble es cuando haya que realizar reparaciones urgentes o necesarias para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad. Incluso en estos casos, debe avisar previamente y acordar el acceso con el inquilino.

Otra cuestión relevante es si el arrendatario está obligado a entregar una copia de las llaves al propietario después de un cambio de cerradura. El abogado es tajante: “No, no tienes que darle nunca una copia, aunque te la pida”. De hecho, el inquilino es el único responsable del control de acceso a la vivienda durante el contrato.

Al finalizar el contrato, la situación cambia ligeramente. De acuerdo con el artículo 23.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), si el arrendador no ha autorizado el cambio de cerradura, puede exigir al inquilino que la reponga al estado original. Esto significa que, aunque durante la vigencia del contrato el inquilino tenga el control absoluto del acceso, al entregar las llaves podría tener que devolver la cerradura original o entregar todas las copias nuevas, si así lo requiere el casero.

¿Puede el inquilino cambiar la cerradura?

La respuesta es . El abogado afirma que el arrendatario puede cambiar la cerradura desde el primer día de contrato, sin necesidad de autorización previa del propietario. Además, no tiene obligación legal de avisarlo ni de justificar el motivo. Cambiar la cerradura es una forma legítima de proteger la intimidad y la seguridad en el hogar. Eso sí, el coste de este cambio corre a cargo del inquilino, como parte del uso normal del inmueble.

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