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Subsidio para mayores de 52 años: requisitos, cuantía y qué hacer si te lo deniegan

Descubre todo lo relativo a esta prestación para desempleados

Si tienes más de 52 años, puedes disfrutar a la vez de estas dos ayudas de la Seguridad Social

Si tienes más de 52 años, puedes disfrutar a la vez de estas dos ayudas de la Seguridad Social / Eva Abril

Los trabajadores que se quedan sin empleo a partir de los 52 años se enfrentan a una situación especialmente delicada: por un lado, se reduce notablemente la posibilidad de reincorporarse al mercado laboral, y por otro, se pone en riesgo la cotización necesaria para acceder a una pensión de jubilación completa. Ante este panorama, el subsidio para mayores de 52 años se presenta como una herramienta esencial para mantener ingresos mínimos y seguir cotizando a la Seguridad Social.

Este subsidio garantiza una ayuda económica mensual y cotiza por el beneficiario a la jubilación, lo cual es vital para no perder derechos en el futuro. Se trata de una prestación no contributiva gestionada por el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) y su principal ventaja es que se puede mantener hasta la edad ordinaria de jubilación, siempre que se cumplan los requisitos exigidos durante todo el tiempo.

Requisitos para acceder al subsidio

Para recibir este subsidio debes tener cumplidos los 52 años en la fecha del hecho causante, haber agotado una prestación contributiva por desempleo o acreditar una situación legal de desempleo con al menos 90 días cotizados, estar inscrito como demandante de empleo, haber cotizado al menos 6 años por desempleo y no superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional en ingresos mensuales.

También se exige que la persona solicitante cumpla todos los requisitos para acceder a una pensión contributiva de jubilación, salvo la edad. Esto significa tener al menos 15 años cotizados, y dos de ellos dentro de los últimos 15 anteriores a la solicitud.

¿Cuánto se cobra?

Actualmente, el subsidio para mayores de 52 años asciende a 480 euros al mes, lo que corresponde al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Lo más relevante es que el SEPE sigue cotizando por el beneficiario a la jubilación por el 125% de la base mínima, lo cual ayuda a mantener una pensión futura más digna.

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Cómo cobrar el subsidio de mayores de 52 años. / Europa Press

Además de los casos mencionados, hay situaciones particulares que permiten acceder al subsidio si se cumplen las condiciones necesarias. Por ejemplo, si se ha agotado previamente un subsidio por cotización insuficiente, por ser emigrante retornado, por ser víctima de violencia de género o por violencia en el ámbito familiar. Es imprescindible estar inscrito ininterrumpidamente como demandante de empleo desde que se agotó la prestación contributiva o se produjo la situación legal de desempleo hasta cumplir los 52 años.

Sin embargo, hay excepciones: si se ha agotado la Renta Activa de Inserción, el subsidio extraordinario o la prestación por cese de actividad, no se puede acceder directamente al subsidio de mayores de 52 años. En estos casos es necesario agotar una nueva prestación contributiva o acreditar los 90 días cotizados antes de solicitarlo.

Cómo solicitar el subsidio

El subsidio debe solicitarse en un plazo de 15 días hábiles desde el hecho causante, que puede ser el agotamiento de la prestación contributiva o la situación legal de desempleo. Si se presenta fuera de plazo, se pierde parte del derecho, ya que solo se empezará a cobrar desde la fecha de solicitud. El trámite se puede realizar fácilmente a través de la sede electrónica del SEPE, incluso sin certificado digital.

Para consultar el estado de la solicitud, se puede acceder al expediente online desde la web del SEPE. Allí se muestra si está en trámite, aprobado o denegado. En cualquier caso, el SEPE también envía una notificación al domicilio del solicitante.

¿Qué pasa si me deniegan el subsidio?

En caso de denegación, el solicitante tiene derecho a presentar una reclamación previa administrativa en un plazo de 30 días hábiles desde que reciba la notificación. Si no se presenta en ese tiempo, se pierde la posibilidad de recurrir.

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