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Buenas noticias para los jubilados: hasta 2.000 euros más de pensión con este complemento

Conoce cuál es la ayuda económica que ahora pueden cobrar muchas más personas

Nuevo complemento para jubilados: aumenta tu pensión hasta 2.000 € más

Nuevo complemento para jubilados: aumenta tu pensión hasta 2.000 € más / Eva Abril

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El Tribunal Supremo ha abierto una puerta que puede mejorar considerablemente la pensión de miles de jubilados en España. Y es que los hombres también podrán beneficiarse del conocido complemento para la reducción de la brecha de género, una ayuda económica mensual que hasta ahora estaba prácticamente reservada a las mujeres. Esta decisión responde a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que considera que la regulación anterior suponía una discriminación directa por razón de sexo.

¿Qué es el complemento por brecha de género?

Este complemento nació con el objetivo de compensar las desigualdades que han sufrido muchas mujeres en sus carreras profesionales por asumir las tareas de cuidado de los hijos. En 2025, el importe se ha fijado en 35,90 euros al mes por cada hijo o hija, hasta un máximo de cuatro. Esto se traduce en hasta 143,60 euros mensuales adicionales, lo que puede suponer más de 2.000 euros al año para quienes cumplan los requisitos. Este importe se abona en 14 pagas anuales, incluyendo las dos extraordinarias de junio y noviembre.

También para hombres

A raíz de la sentencia del TJUE del pasado 15 de mayo, el Tribunal Supremo ha dictaminado que los hombres deben tener el mismo acceso a este complemento que las mujeres, siempre que cumplan ciertas condiciones. Esta resolución supone un cambio radical en el sistema de pensiones, ya que miles de hombres que se habían quedado fuera de esta mejora ahora tienen derecho a reclamarla.

Una pareja de pensionistas en una plaza de Alicante.

Los hombres también podrán cobrar el complemento para la reducción de la brecha de género. / José Luis Zaragoza

Podrán acceder a este complemento los hombres que hayan tenido al menos un hijo y cuya pensión contributiva —ya sea por jubilación, incapacidad permanente o viudedad— se haya concedido a partir del 4 de febrero de 2021. Para ello, deben acreditar que su carrera profesional se ha visto afectada por la paternidad, de forma similar a como lo hacían antes las mujeres. Este impacto se mide en función de la pérdida de cotización o interrupciones laborales derivadas del nacimiento o adopción de hijos.

Requisitos específicos para hombres

Para los hijos nacidos o adoptados antes del 31 de diciembre de 1994, los hombres deben haber tenido más de 120 días sin cotizar entre los nueve meses anteriores y los tres años posteriores al nacimiento o adopción. Si los hijos son posteriores al 1 de enero de 1995, la Seguridad Social exige que la base de cotización en los 24 meses posteriores al nacimiento sea un 15% inferior a la de los 24 meses anteriores. Además, la pensión del hombre debe ser inferior a la que le correspondería a la mujer en una situación similar.

Cómo solicitar el complemento

Este complemento no se concede de forma automática. Debe solicitarse junto con la pensión, marcando la casilla correspondiente en el formulario. El trámite se puede hacer de forma presencial en cualquier oficina del INSS, o bien por internet a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, con certificado digital, DNI electrónico o sistema cl@ve. En el caso de jubilados actuales que ya cumplan los requisitos pero no lo solicitaron en su día, se recomienda presentar una reclamación formal cuanto antes.

La reciente sentencia permite que los hombres que cumplan los requisitos reclamen con efecto retroactivo el complemento, siempre que su pensión haya sido concedida desde el 4 de febrero de 2021. Dado que el INSS aún no ha emitido una instrucción oficial sobre cómo se gestionarán estas solicitudes, los expertos recomiendan actuar con rapidez y, si es necesario, acudir a asesoramiento legal.

Incompatible entre progenitores

Es importante saber que solo uno de los dos progenitores puede percibir el complemento por cada hijo o hija. Si ambos cumplen los requisitos, se otorgará al que tenga una pensión reconocida de menor cuantía. En el caso de progenitores del mismo sexo, el criterio será el mismo: el de menor pensión será el beneficiario. En las parejas hombre-mujer, si el hombre acredita la afectación laboral y su pensión es inferior a la de la mujer, podrá ser él quien lo reciba. Esta condición es clave para evitar duplicidades y asegurar la equidad del sistema.

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