¿Cuánto dinero puedo transferir a un familiar sin pagar impuestos?
La Agencia Tributaria puede interpretar la transferencia bancaria como una donación encubierta

Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria. / Carlos Lujan
Javier Fidalgo
Las transferencias entre familiares son habituales para solventar un imprevisto, financiar estudios o comprar una vivienda. No obstante, esta transacción económica puede suponer un problema fiscal si no se tributa correctamente.
En este contexto, Hacienda ha aumentado la atención sobre estas operaciones. De hecho, cuando el movimiento supera un límite de dinero, la Agencia Tributaria podría interpretarlas como una donación encubierta.
A diferencia de la herencia, la donación se formaliza en vida y está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Este impuesto debe aplicar a cualquier transferencia de bienes o dinero que no conlleve una contraprestación.
La cuantía del impuesto puede variar según la comunidad autónoma y la tipología del bien donado, ya que cada territorio establece normativas fiscales propias al respecto. Para cualquier caso, la Agencia Tributaria marca un límite de 10.000 euros para las transferencias bancarias que deben ser declaradas de forma oficial.
Además, las transferencias superiores a 6.000 euros también están sujetas a revisión por parte de Hacienda. Este análisis está contemplado dentro de la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
En este caso, la Agencia Tributaria puede investigar motivo, origen y finalidad del movimiento para asegurarse de que no se trata de una operación irregular o fraudulenta. La observación tiene como objetivo evitar el incumplimiento de las obligaciones tributarias.
La sanción por incumplimiento de la normativa podría conllevar una multa de entre 600 euros y el 50% del valor de la donación sin declarar. Por otra parte, la infracción podría derivar en una amonestación pública o privada.
En Andalucía, Madrid o Murcia, las donaciones pueden estar bonificadas casi en su totalidad, pero deben formalizarse ante notario y de la misma forma, justificar el origen de los fondos para la transferencia.
Fuente: Sport
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