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Trabajo sentencia a una empresa por hacer esto con un parado: "multazo" de 10.000 euros

La sentencia es firme y no podrá ser recurrida en un tribunal superior

La empresa será sancionada con 10.000 euros por no dar de alta a un trabajador en paro al que dio trabajo durante dos semanas

La empresa será sancionada con 10.000 euros por no dar de alta a un trabajador en paro al que dio trabajo durante dos semanas / Servicio Especial

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EFE

Una empresa de combustibles de la Región de Murcia ha sido sancionada con una multa tras desestimar un juzgado de lo social su recurso contra la resolución de la Dirección General de Trabajo que la sancionó con 10.000 euros de multa por dar empleo a un trabajador que estaba cobrando el paro y no darlo de alta.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, indica que está acreditado por la Inspección de Trabajo que dio empleo durante dos semanas a esa persona sin haberle dado de alta en la Seguridad Social, contraviniendo así lo dispuesto en la ley.

La sentencia añade qeu esta empresa contravino la normativa aplicable, que prohíbe dar ocupación a un beneficiario de las prestaciones por desempleo sin haber formalizado su alta en la Seguridad Social con anterioridad.

La sentencia señala que la misma es firme, ya que al ser su cuantía inferior a 18.000 euros no tiene acceso a ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región.

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