Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Secciones

Pensionistas con incapacidad permanente: el Tribunal Supremo amplía acceso al subsidio de mayores de 52 años

La sentencia, dictada el 14 de octubre de 2025, supone un cambio de criterio frente a la práctica habitual del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

La Seguridad Social rebaja la pensión por incapacidad permanente en estos casos

PI STUDIO

Carmen Tomàs

Carmen Tomàs

Buenas noticias para los pensionistas de incapacidad permanente. Y es que, por primera vez, el Tribunal Supremo ha confirmado que los pensionistas que perciben una pensión de incapacidad permanente pueden acceder al subsidio para mayores de 52 años, siempre que cumplan una serie de requisitos mínimos.

La sentencia, dictada el 14 de octubre de 2025, supone un cambio de criterio frente a la práctica habitual del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que hasta ahora denegaba este subsidio a quienes no habían cotizado tras el reconocimiento de la incapacidad.

¿Qué cambia con esta sentencia?

Hasta la fecha, el SEPE exigía que los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente acreditaran 15 años de cotización posteriores al reconocimiento de la discapacidad. Sin embargo, desde el pasado 14 de octubre, el Tribunal Supremo ha aclarado que este requisito no es válido, y que lo relevante es simplemente acreditar 15 años cotizados en total, sin importar si esos años se acumularon antes o después de la incapacidad.

En palabras de la abogada Miriam Ruiz, especialista en Derecho Laboral y de la Seguridad Social: “Aquellos pensionistas de incapacidad permanente que quieran acceder al subsidio para mayores de 52 años únicamente deben acreditar que tienen 15 años cotizados, con independencia de cuándo se realizaron esas cotizaciones”.

Requisitos para cobrar el subsidio

A raíz de la sentencia, los requisitos actualizados para solicitar este subsidio se resumen en:

  1. Tener al menos 15 años cotizados a lo largo de la vida laboral: ya no importa si es antes o después del reconocimiento de la incapacidad.
  2. Haber cotizado al menos 3 meses después del reconocimiento de la incapacidad permanente.
  3. Encontrarse en situación legal de desempleo.
  4. No superar el límite de rentas mensuales, fijado en 888 euros al mes en 2025.

Esto significa que si la pensión de incapacidad permanente supera ese límite, el solicitante no podrá acceder al subsidio, salvo que renuncie al complemento a mínimos para situarse por debajo del umbral de ingresos.

Palacio de Justicia, sede del Tribunal Supremo.

Palacio de Justicia, sede del Tribunal Supremo. / Alberto Ortega - Europa Press

¿Por qué puede interesarte este subsidio?

Este subsidio para mayores de 52 años es uno de los más ventajosos del sistema público, ya que permite seguir cotizando para la jubilación mientras se percibe. Esto ayuda a que los beneficiarios puedan aumentar su base reguladora para una futura pensión, mejorando el importe de su jubilación a pesar de haber sufrido una incapacidad. En resumen, garantiza que aquellos que hayan tenido que frenar de una u otra forma su vida laboral por cuestiones de salud puedan tener una pensión más digna.

¿Cuáles son los beneficios adicionales del subsidio para mayores de 52 años?

El subsidio para mayores de 52 años es una de las ayudas más valiosas dentro del sistema de protección por desempleo, porque ofrece estabilidad económica y cotiza para la jubilación, algo que no ocurre con otros subsidios. Una de sus principales ventajas es que se cobra hasta alcanzar la edad legal de jubilación, siempre que se mantengan los requisitos.

Como hemos contado anteriormente, este subsidio permite que el beneficiario siga cotizando para la jubilación y permite seguir sumando años y no acumular lagunas de cotización. Además, también permite compatibilizar la ayuda con trabajos a aitempo parcial durante un tiempo.

¿Qué hacer si el SEPE te ha denegado el subsidio?

Si te encuentras en situación de tener reconocida una incapacidad permanente y cumples los requisitos anteriores pero el SEPE te ha denegado el subsidio, puedes recurrir la decisión para que se te escuche. Esta sentencia del Tribunal Supremo del 14 de octubre de 2025 sienta jurisprudencia, lo que puede servir para que puedas reclamar tu derecho ante la Administración o los tribunales.

“En nuestro despacho podemos ayudarte a recurrir si el SEPE te ha denegado este subsidio pese a cumplir los requisitos”, concluye la letrada.

¿Cuáles son los pasos específicos para solicitar el subsidio para mayores de 52 años?

Para poder cobrar el subsidio para mayores de 52 años debes cumplir los siguientes requisitos que recoge la web del SEPE:

  • Haber agotado la prestación contributiva por desempleo
  • Acreditar estar en situación legal por desempleo habiendo cotizado al menos 90 días y suscribir el acuerdo de actividad
  • Tener 52 años en la fecha en la que se solicita el subsidio
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para cobrar una pensión contributiva de jubilación
  • Haber cotizado al desempleo, al menos, seis años a lo largo de la vida laboral
  • Acreditar que se cumple el requisito de carencia de rentas propias

La solicitud debe presentarse en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la fecha del hecho causante. Puedes hacerlo a través de alguno de estos medios:

  • La sede electrónica del SEPE.
  • En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono).
  • En cualquier oficina de registro público.
  • Por correo administrativo.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents