Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social: “La jubilación parcial permite reducir la jornada sin dejar de cotizar”
El Gobierno ha modificado los requisitos para acceder a esta modalidad a través del Real Decreto 11/2024

La incorporación laboral más tardía de jóvenes elevará su jubilación a los 71 años en 2065 / Europa Press
¿Sabías que puedes jubilarte antes y seguir trabajando con jornada reducida? La jubilación parcial con contrato de relevo es una opción cada vez más solicitada por quienes quieren transitar hacia la jubilación de forma gradual. Con la entrada en vigor del Real Decreto 11/2024, el Gobierno ha introducido algunas modificaciones clave que afectarán a los trabajadores a partir del 1 de abril de 2025.
En un reciente vídeo de Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, detalla los requisitos actualizados para acceder a la jubilación parcial y las nuevas condiciones establecidas por la normativa.
Estos son los requisitos que debes saber
Para poder acceder a la jubilación parcial, el primer requisito es la edad. Se permite anticipar hasta tres años la edad ordinaria de jubilación, que varía entre 65 y 67 años, según los años cotizados por el trabajador. Por tanto, lo primero es saber cuál es tu edad legal de jubilación y calcular el adelanto.
El segundo requisito es tener al menos 33 años cotizados. No obstante, para personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, el mínimo exigido se reduce a 25 años de cotización.
Otro aspecto fundamental es la antigüedad en la empresa. El trabajador debe acreditar al menos 6 años de antigüedad en la misma empresa inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la jubilación parcial.

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La reducción de jornada permitida debe situarse entre un 25% y un 75%. Sin embargo, si el trabajador se acoge a la jubilación parcial tres años antes de la edad ordinaria, durante el primer año solo se permite una reducción de entre 25% y 33%. A partir del segundo año ya podrá aplicar la reducción estándar de hasta el 75%.
Contrato de relevo y condiciones
Es obligatorio que la empresa contrate a un trabajador relevista para cubrir las horas que deja de trabajar el empleado que accede a la jubilación parcial. Este contrato debe ser:
- Indefinido.
- A tiempo completo.
- Debe mantenerse al menos 2 años después de que finalice la jubilación parcial.
Además, debe haber correspondencia de bases de cotización entre el relevista y el jubilado parcial. Es decir, ambos deben cotizar por bases similares.
Un dato importante que destaca Alfonso Muñoz es que, aunque se reduzca la jornada, se sigue cotizando por el 100% de la base. Esto beneficia al trabajador, ya que no reduce su base de cálculo para la futura pensión.
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