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Si gastas más de 25.000 euros al año con tu tarjeta, Hacienda te va a echar el ojo

La Agencia Tributaria obligará a bancos y plataformas de pago a informar con mayor detalle sobre los movimientos de autónomos y pymes

Métodos de pago: Revolut, Bizum, criptomonedas...

Métodos de pago: Revolut, Bizum, criptomonedas... / Europa Press

Ancor Torrens

La Agencia Tributaria ampliará de forma notable su control sobre los pagos digitales a partir del 1 de enero de 2026, gracias al Real Decreto 253/2025, de 1 de abril, que modifica el Reglamento del IRPF. La norma adapta la fiscalidad a los nuevos sistemas de pago, como Bizum y plataformas similares, con el objetivo de mejorar el cruce de datos y detectar posibles discrepancias en las declaraciones.

Bizum bajo supervisión fiscal

Desde el próximo año, Hacienda controlará todos los pagos ordenados por autónomos y pequeñas y medianas empresas a través de Bizum, sin importar la cuantía. Esto supone un cambio sustancial respecto al sistema anterior, ya que la Agencia Tributaria cruzará los cobros recibidos por estas vías con las declaraciones de impuestos.

Si las cifras no coinciden con lo declarado, las probabilidades de inspección aumentarán de forma significativa.

Quién está afectado (y quién no)

Según fuentes cercanas a la Agencia Tributaria, la medida no se aplicará, por ahora, a los particulares.

La obligación de declarar se limita a empresarios y profesionales con residencia fiscal en España. Quedan excluidos, de momento, los cobros entre particulares, como los realizados en plataformas de compraventa de segunda mano tipo Wallapop.

No obstante, en estos supuestos, sí existirá obligación de informar cuando se trate de cobros con tarjeta o pagos asociados a un número de teléfono móvilcon independencia del importe.

Más información y con mayor frecuencia

Hasta la entrada en vigor de esta normativa, los bancos solo informaban a Hacienda de operaciones superiores a 3.000 euros. Con el nuevo decreto, el umbral desaparece y las entidades financieras deberán remitir información de forma mensual, en lugar de anual, como ocurría hasta ahora.

El límite de los 25.000 euros con tarjeta

Otra de las novedades más relevantes —y que sí puede afectar a particulares— es la obligación de informar anualmente a la Agencia Tributaria de los movimientos realizados con tarjeta cuando el total de cargos y abonos supere los 25.000 euros al año.

La normativa fiscal suele generar inseguridad e incertidumbre, y este cambio no es una excepción. Será necesario que la Agencia Tributaria vaya resolviendo dudas a través de consultas y criterios interpretativos conforme se aplique la norma.

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