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Juanma Lorente, abogado laboralista, detalla la lista completa de permisos retribuidos que puedes pedir en 2026

El experto recuerda que todos estos permisos están pagados y explica en qué situaciones pueden solicitarse según la ley laboral vigente

Conoce tus derechos laborales para conciliar tu vida familiar

Aitana Solera

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Alejandro Ruiz

Alejandro Ruiz

Muchos trabajadores desconocen la cantidad de permisos retribuidos a los que tienen derecho a lo largo del año. Para aclararlo, Juanma Lorente, abogado laboralista, ha publicado un vídeo en redes sociales en el que enumera de forma clara cuáles son los permisos pagados que se pueden solicitar en 2026. “Te recuerdo que todos son pagados”, subraya.

Estos son los principales permisos retribuidos reconocidos por la normativa laboral:

  1. Matrimonio o pareja de hecho. El trabajador tiene derecho a 15 días naturales de permiso retribuido por matrimonio o formalización de pareja de hecho. “Tienes un permiso de 15 días por matrimonio o formalización de parejas de hecho”, recuerda Lorente.
  2. Ingreso hospitalario, intervención quirúrgica o accidente grave. Existe un permiso de cinco días en caso de ingreso hospitalario, intervención quirúrgica sin hospitalización o accidente grave. Se aplica a familiares de hasta segundo grado de consanguinidad, así como al cónyuge o persona con la que se conviva. “Cinco días en caso de ingreso hospitalario o intervención quirúrgica”, explica.
  3. Mudanza. El cambio de domicilio también da derecho a ausentarse del trabajo. En este caso, el permiso es de un día retribuido por mudanza.
  4. Fallecimiento de un familiar. Si fallece el cónyuge, pareja de hecho o un familiar hasta segundo grado de consanguinidad, el permiso es de dos días. “Si tienes que hacer un viaje con motivo de este fallecimiento, el permiso pasará a ser de cuatro días”, aclara el abogado.
  5. Deberes públicos y personales. El trabajador podrá ausentarse por el tiempo indispensable para ejercer derechos y obligaciones como ir a votar, acudir a exámenes prenatales, a clases de preparación al parto o para actos preparatorios de donación de órganos. Todo ello con carácter retribuido.
  6. Catástrofes meteorológicas. Desde los episodios vividos en los últimos años, se reconoce un permiso específico de cuatro días cuando las autoridades recomienden no desplazarse por motivos de seguridad. “Este permiso viene desde la DANA de Valencia”, señala Lorente.
  7. Permiso por fuerza mayor. Por último, existe un permiso retribuido de cuatro días por causa de fuerza mayor, pensado para situaciones urgentes e imprevisibles. “Este se disfruta por horas, importante”, matiza el abogado.

Juanma Lorente insiste en que estos derechos no son opcionales para la empresa y anima a los trabajadores a informarse y reclamarlos cuando sea necesario, ya que forman parte de las garantías básicas recogidas en la legislación laboral.

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