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Ayudas a hijos por Bizum: cómo evitar problemas con Hacienda, según la notaria María Cristina Clemente Buendía

La experta aclara las principales dudas de los padres que aportan dinero de forma periódica y cómo deben hacerlo correctamente

¿Se puede donar dinero a un hijo sin pasar por Hacienda? Este es el límite permitido

¿Se puede donar dinero a un hijo sin pasar por Hacienda? Este es el límite permitido / Eva Abril

Bizum se ha convertido en una de las herramientas financieras más utilizadas en España. Nació como un sistema rápido para enviar dinero entre particulares y hoy está plenamente integrado en la vida cotidiana: pagar una cena, compartir gastos de un viaje o ayudar puntualmente a un familiar. Su facilidad de uso y la inmediatez con la que se realizan las transferencias han hecho que millones de personas lo utilicen casi a diario y casi siempre sin pararse a pensar en las implicaciones fiscales de esos movimientos de dinero.

Sin embargo, este año el uso de Bizum trae cambios y muchos piensan que Hacienda va a “vigilar” estas transferencias y que cualquier movimiento podría acarrear problemas con la Agencia Tributaria. En especial, preocupa la idea de que los bancos informen automáticamente a Hacienda de todos los Bizum entre particulares, lo que ha llevado a muchos usuarios a preguntarse si deben declarar estos envíos de dinero y en qué casos existe realmente una obligación fiscal.

Hacienda y Bizum

Para aclarar esta duda generalizada, la notaria María Cristina Clemente Buendía ha analizado la nota aclaratoria de Hacienda sobre Bizum y transferencias entre particulares. Según explica, lo que realmente indica Hacienda es que el banco, no el particular, no tiene obligación de reportar mensualmente a la Agencia Tributaria los datos de Bizum y transferencias cuando se trata de operaciones entre particulares. Es decir, no existe un envío automático y periódico de esa información por parte de las entidades financieras en estos casos.

El pago por Bizum es cada vez más frecuente en España, aunque existen ciertos límites en los movimientos.

Bizum y ayudas familiares: cuándo hay que declarar una donación a Hacienda / EPC

No obstante, la notaria subraya que esta aclaración no debe confundirse con una exención fiscal. El hecho de que el banco no reporte esos datos no significa que el particular esté exento de cumplir con sus obligaciones tributarias cuando el dinero recibido constituye un hecho imponible. Buendía pone como ejemplo la ayuda económica periódica a un hijo mayor de edad que es económicamente independiente y, por tanto, no está bajo la obligación legal de alimentos. En ese caso, ese dinero no es una simple transferencia informal, sino que puede calificarse como una donación y, por tanto, está sujeta a declaración.

Imagen de archivo del uso de Bizum.

Una notaria aclara qué Bizum deben declararse a Hacienda y cuáles no / ARCHIVO - EUROPA PRESS

Por este motivo, la notaria insiste en la importancia de actuar con prudencia y documentar correctamente este tipo de entregas de dinero. Una de las vías es formalizarlas como una donación, concretamente como una donación obligacional. Este tipo de donación se da cuando el dinero no se entrega de una sola vez, sino mediante transferencias periódicas y sucesivas, como ocurre habitualmente con las ayudas mensuales de padres a hijos. En este caso, es fundamental indicar las fechas de cada una de las transferencias y dejar constancia clara de la voluntad de donar.

Diferencias entre Comunidades Autónomas

Aquí entra en juego un aspecto clave: las diferencias entre comunidades autónomas. La notaria recuerda que mientras en comunidades como la madrileña basta con un documento privado para donaciones de hasta 10.000 euros y así poder aplicar las bonificaciones fiscales correspondientes, en otras como la Comunidad Valenciana se exige escritura pública ante notario. En ambos supuestos, eso sí, es obligatorio acompañar la documentación del impreso de autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, modelo 651, para cumplir correctamente con Hacienda.

La segunda opción que plantea la notaria es formalizar estas entregas de dinero como un préstamo entre particulares sin devengo de intereses. Se trata de una alternativa muy utilizada entre padres e hijos. En este caso, debe formalizarse en un documento privado en el que conste claramente el calendario de las entregas de los padres a los hijos y también el calendario de las devoluciones de estos a los padres. Este préstamo debe presentarse junto con el impreso de autoliquidación modelo 600, marcando la casilla de exento, lo que implica que no tiene coste fiscal, siempre que se cumplan los requisitos y se respete lo pactado.

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