Juanma Lorente, abogado laboralista, desvela cómo usar el permiso de 4 días por fuerza mayor: “No se pierde un día entero”
El abogado aclara cuándo se puede pedir, cómo se fracciona y qué errores cometen muchas empresas al aplicarlo

Hasta 4 días de permiso por causas de fuerza mayor / Eva Abril
El abogado laboralista Juanma Lorente ha puesto el dedo en una de las confusiones más habituales en empresas y nóminas: el llamado permiso por fuerza mayor de 4 días no funciona como un “mini permiso vacacional” para pedir jornadas completas cuando conviene. Está pensado para urgencias familiares reales… y, como insiste Lorente, “se puede disfrutar por horas”.
La clave no está en el nombre, sino en cómo lo define la norma: el Estatuto de los Trabajadores (art. 37.9) reconoce el derecho a ausentarse “cuando sea necesario” por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente) que hagan indispensable la presencia inmediata de la persona trabajadora. Y añade lo decisivo: se retribuyen “las horas de ausencia” equivalentes a cuatro días al año.
Qué cubre este permiso y cuándo puedes pedirlo
Lorente lo resume con una idea muy concreta: este permiso existe “por si tienes una situación de urgencia relacionada con un problema médico o con un accidente grave que requiera tu presencia inmediata”. Es decir, sirve para reaccionar cuando pasa algo que no puede esperar: atender a un familiar o conviviente en un momento crítico y, una vez resuelta la urgencia, volver al trabajo.
Por eso recalca que no es un permiso “planificable”: se usa cuando el hecho ya ha ocurrido o es inminente, no para reservarlo con antelación.

Nuevo permiso retribuido: descubre si cumples este requisito / Eva Abril
El error más común: creer que “pierdes un día” aunque solo faltes dos horas
La explicación de Lorente es muy didáctica: si, por ejemplo, tu hijo se pone malo en el colegio o sufre una caída y tienes que ir a recogerlo y llevarlo al médico de inmediato, pides el permiso, solucionas la urgencia y vuelves. Si en todo eso tardas dos horas, Lorente lo deja claro: no gastas un día entero de los cuatro, gastas dos horas del total disponible. Y esa es la diferencia práctica que muchos trabajadores no conocen y algunas empresas aplican mal.
Esa interpretación es coherente con guías sindicales que explican que el permiso es de cuatro días al año, pero puede disfrutarse por horas (por ejemplo, 32 horas al año si tu jornada es de 8 horas).
Se puede fraccionar y no tiene que disfrutarse “de golpe”
Otro punto clave del que habla Lorente: este permiso no tiene por qué consumirse de forma continuada. Se usa según lo que dure la necesidad real. Si hoy necesitas una hora y otro día necesitas tres, se va descontando tiempo, no “días completos” por sistema.
Por eso advierte de que, si una empresa intenta imponer que solo se puede usar en jornadas enteras o que debe consumirse de una vez, está interpretando el permiso de forma restrictiva y, en muchos casos, incorrecta.
Es retribuido, y la empresa puede pedir justificación
Lorente recalca que se trata de un permiso retribuido. La persona trabajadora no debería perder salario por usarlo dentro de los límites que marca la ley. Este carácter retribuido también ha sido defendido en análisis jurídicos y materiales sindicales sobre el artículo 37.9.
Y, aunque el permiso no es “intercambiable” por otros ni compensable, sí conviene tener claro algo práctico: la empresa puede pedir acreditación del motivo (por ejemplo, justificante médico o prueba de la urgencia) cuando corresponda. Lo importante, en la práctica, es avisar lo antes posible y documentar la situación si puedes.

Aitana Solera
La idea que conviene quedarse
El mensaje de Juanma Lorente es simple y útil: el permiso por fuerza mayor no está pensado para “gastarlo por días” sin más, sino para cubrir urgencias reales con un sistema flexible. Por eso lo repite: si solo necesitas dos horas, no regales un día entero. Consume lo justo, vuelve al trabajo y conserva el resto del permiso para cuando de verdad haga falta.
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