Hacienda amplía las deducciones por eficiencia energética: Reforma tu casa y ahorra dinero en la declaración de la Renta
Los propietarios que hagan obras en su vivienda para mejorar determinados aspectos podrán obtener una rebaja de hasta el 40% en el IRPF

¿Tienes deudas con Hacienda? Si son menores a esta cantidad, ya no tendrás que pagarlas / Eva Abril
La campaña de la Renta es una cita anual con Hacienda que millones de contribuyentes no pueden pasar por alto. Cada declaración abre la puerta a deducciones fiscales que, bien aprovechadas, pueden suponer un ahorro importante. Entre ellas, las vinculadas a la vivienda han ido ganando peso, especialmente en un contexto en el que la eficiencia energética y la sostenibilidad se han convertido en prioridades.
Obras de mejora energética
Una de las deducciones estrella para los próximos ejercicios fiscales será la que premia a quienes realicen obras de mejora energética en sus viviendas. Esta medida, prorrogada mediante el Real Decreto-ley 16/2025, permite aplicar rebajas en el IRPF de hasta el 40% en viviendas individuales y hasta el 60% en edificios completos. El incentivo estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 para reformas en viviendas particulares, y hasta finales de 2027 en el caso de bloques residenciales.
Deducciones
El porcentaje concreto de deducción depende del tipo de intervención y del ahorro energético logrado. Para obtener un 20% de deducción, las reformas deben reducir en al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. Si el ahorro alcanza el 30%, o si se consigue una calificación energética A o B, la deducción sube al 40%, con una base máxima anual de 7.500 euros. Para edificios completos, la deducción llega al 60% si se reduce en al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable o se mejora la clase energética global.
Dos certificados energéticos
Es imprescindible contar con dos certificados energéticos: uno previo a las obras y otro posterior que acredite la mejora. Ambos deben ser expedidos por un técnico cualificado. El segundo certificado deberá emitirse antes del 1 de enero de 2027 para viviendas y antes del 1 de enero de 2028 para edificios. Solo así podrá aplicarse la deducción en el ejercicio correspondiente a la fecha del segundo informe.
No pagar en efectivo
Además, la ley exige que las obras se paguen por medios trazables: transferencias, tarjetas o cheques nominativos. No se aceptarán pagos en efectivo, incluso si se cumplen el resto de requisitos. También quedan excluidas las reformas estéticas, de mantenimiento o que impliquen instalaciones que usen combustibles fósiles.
Esta deducción puede aplicarse a la vivienda habitual o a inmuebles en propiedad que estén alquilados o vayan a alquilarse antes de finales de 2027. En el caso de comunidades de propietarios, cada vecino podrá deducirse su parte proporcional del gasto total según su coeficiente de participación.
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