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Llega tarde al trabajo, le despiden y ahora la justicia dice que o lo vuelven a admitir o le pagan 6.700 euros

La empresa no le notificó debidamente al trabajador que la falta grave que había cometido - pasó por el torno de entrada a la hora pero no se incorporó a su puesto hasta 15 minutos más tarde - era motivo de despido

La empresa la despide por por impuntual y acaba ganando el juicio

La empresa la despide por por impuntual y acaba ganando el juicio / INFORMACIÓN

EFE

Parece que ser impuntual no es motivo de despido procedente, o por lo menos no en el caso de un trabajador de una empresa de servicios deportivos que fue despedido por no cumplir el horario. 

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso de las empresas contra la sentencia que declaró improcedente el despido del trabajador, por lo que confirma la dictada por un juzgado de lo Social de Murcia que condenó a las demandadas a readmitir a su trabajador o a pagarle 6.700 euros.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso EFE, en la carta de despido se comunicó al trabajador que se había decidido el cese de la relación laboral porque a pesar de haberle advertido en varias ocasiones que debía cumplir el horario, en varias ocasiones había seguido llegando con retraso.

Y una vez, aunque pasó por el torno de entrada a las instalaciones a su hora, realmente no se incorporó a su puesto hasta 15 minutos más tarde.

Declara la Sala, que condena en costas a las recurrentes, que la falta considerada grave por las demandadas hay que descartarla por no constar debidamente notificada al trabajador, mientras que otras cuatro, al ser leves, no pueden justificar el despido. 

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