Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, sobre las pensiones: "Los vacíos de cotización afectan negativamente en la jubilación"
Te explicamos cómo el sistema evita que tu pensión se hunda cuando tienes meses sin trabajar

El Gobierno baraja aprobar la subida de las pensiones en un decreto separado / Europa Press
¿Qué ocurre con nuestra pensión cuando dejamos de cotizar por un despido, una excedencia o el fin de una baja médica? Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, ha aclarado el impacto de lo que técnicamente se denominan lagunas de cotización. Según el experto, estos periodos sin actividad laboral son determinantes, ya que la pensión se calcula sobre los últimos años cotizados y cualquier hueco sin cubrir reduce la media final.
El mecanismo para "rellenar" los huecos sin cotizar
Para que tu pensión no se hunda cuando tienes meses sin trabajar, la Seguridad Social utiliza unos comodines de relleno. Es como si el Estado "inventara" que has cotizado algo de dinero en esos meses vacíos para que no sumen cero. Pero ojo, estos comodines tienen un límite:
- Los primeros 5 años (60 meses): El Estado rellena esos huecos con el 100% de la base mínima. Es decir, cuenta como si hubieras cobrado el sueldo mínimo íntegro.
- Los siguientes 2 años (del mes 61 al 84): Solo te rellenan el hueco con el 80% de la base mínima.
- A partir de ahí (más de 7 años): Solo cubren el 50%.
"Es un mecanismo que contempla la legislación para evitar que esas lagunas tengan unos efectos muy negativos en nuestra futura pensión", señala Muñoz. Cuanto más tiempo estés sin trabajar, los "parches" que te pone el sistema son más pequeños y, por tanto, tu pensión final va bajando poco a poco.
La trampa de la jornada parcial
Un punto clave en la explicación de Muñoz es cómo afecta el tipo de contrato previo al cese. Si un trabajador estaba a jornada parcial antes de la laguna, la integración se ajusta a esa parcialidad. Por ejemplo, si una persona trabajaba al 50% de la jornada y tiene una laguna en 2023, no se le integrarán los 1.260 euros de la base mínima completa, sino la mitad: 630 euros mensuales.
Este cálculo proporcional es fundamental para entender la cuantía real que se sumará al expediente del trabajador. La norma dicta que se aplicará el porcentaje de parcialidad que existiera en la fecha en la que se interrumpió o extinguió la obligación de cotizar.
¿Qué sucede con los meses trabajados a medias?
Muñoz también resuelve la duda sobre los meses en los que solo se trabaja unos días. Si la base de cotización de esos días de alta es superior a la mínima (o la proporcional por parcialidad), se toma esa cifra. Pero si no llega a ese mínimo, el sistema actúa integrando la diferencia hasta alcanzar el suelo garantizado.
Por ejemplo, un trabajador a jornada completa que cesa el día 6 habiendo cotizado 500 euros verá su base del mes "rellenada" hasta los 1.260 euros. En cambio, si por 25 días trabajados su base ya es de 1.500 euros (superior a la mínima), se mantendrá esa cifra más alta para el cálculo de su jubilación.
Este proceso de integración garantiza que los periodos de desempleo o inactividad no dejen un vacío total en el historial del trabajador, permitiendo que la base reguladora mantenga una estabilidad a pesar de los baches laborales.
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