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El abogado Ignacio de la Calzada alerta sobre los abusos en las bajas médicas: “La mutua no puede pedirte cualquier informe médico”

El letrado recuerda que la ley obliga a colaborar, pero no a entregar todo el historial clínico ni renunciar a la intimidad sanitaria

“La mutua no puede pedirte cualquier informe médico”: un abogado alerta sobre abusos en las bajas

Aitana Solera

Las bajas médicas por enfermedad común son un derecho fundamental del trabajador, que garantizan la cobertura sanitaria y económica durante un periodo de incapacidad temporal. Este procedimiento implica la intervención del sistema público de salud, pero también, en muchos casos, de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, que son las encargadas de controlar y verificar la situación del paciente. Esa relación entre trabajador y mutua suele estar marcada por dudas, tensiones y, en ocasiones, exigencias desproporcionadas.

Uno de los principales conflictos que surgen durante una baja médica es hasta qué punto la persona afectada debe compartir su información médica con la mutua. ¿Están obligados los trabajadores a entregar todos sus informes clínicos? ¿Pueden las mutuas exigir pruebas médicas no relacionadas directamente con la causa de la baja? ¿Dónde termina el deber de colaboración y comienza el derecho a la intimidad médica? El abogado Ignacio de la Calzada, experto en derecho laboral, responde con claridad a estas cuestiones.

Entregar informes a la mutua

“Las mutuas te engañan y no estás obligado a entregarles todos tus informes”, afirma con rotundidad el abogado. Según explica, “durante la baja médica por enfermedad común normalmente son las mutuas quienes te exigen que les entregues documentación sobre tu baja médica: informes de especialistas, pruebas médicas, absolutamente todo”. Ante esa presión, el profesional plantea una pregunta clave: ¿tiene el trabajador la obligación legal de entregar toda esa información?

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“La respuesta legal es que, según el artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social, tú como trabajador estás obligado a colaborar: debes someterte a los reconocimientos médicos y aportar los datos e informes que te sean requeridos para la comprobación de la situación de baja médica”, precisa. De la Calzada destaca un matiz esencial: esa obligación de colaboración existe, pero está limitada a un fin concreto, que es verificar el motivo de la baja. No se trata de una entrega indiscriminada de toda la historia clínica.

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“El artículo no dice que tengas que entregar todo tu historial médico, de hecho iría en contra de la ley, en la que básicamente la información médica es del paciente y es personal, por lo que requiere su autorización”, subraya. En consecuencia, la mutua no tiene derecho a exigir informes que no guarden relación directa con el motivo de la baja. La entrega de documentación debe ser, según indica el abogado, “proporcionada, justificada y relacionada con tu baja”. No más.

No te niegues por completo

Aun así, De la Calzada recuerda que negarse a colaborar por completo no es una opción válida: “Evidentemente, si tú no colaboras con la mutua, te pueden suspender la prestación”. Por eso, el enfoque adecuado no es negarse sistemáticamente a aportar información, sino discernir qué datos proceden legalmente. “La clave legal no es ‘no doy nada a la mutua’. La clave sería dar lo que corresponde y nada más”, advierte.

Frente a las exigencias poco claras, el letrado recomienda una estrategia concreta: “Cuando te pidan un informe y no lo tengas muy claro, le pides que te lo justifique por escrito, por qué requiere esa prueba”. De esa manera, el trabajador puede documentar la solicitud y valorar si procede entregarla o no. Además, aunque las mutuas pueden realizar sus propias pruebas diagnósticas, “lo cierto es que muchas veces intentan ahorrar”, apunta el abogado, lo que las lleva a presionar al paciente para que asuma ese coste indirectamente, aportando sus informes.

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