Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Secciones

Se acabaron las llamadas ‘spam’ para los alicantinos: Pedro Sánchez hace oficial un decreto con multas para las eléctricas de hasta seis millones de euros

El nuevo texto establece que estas llamadas deberán tener un prefijo concreto y deben ser solicitadas por el consumidor

¿Harto de las llamadas de spam? Este es el consejo de la Policía Nacional

PI STUDIO

Europa Press

Se acabaron las llamadas a horas intempestivas para ofrecernos un cambio de contrato de energía eléctrica. Esta semana el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica.

Este nuevo texto prohíbe de forma general las llamadas comerciales para la comercialización de energía eléctrica, salvo petición expresa del consumidor. Vulnerar este nuevo derecho puede traer multas de entre 600.000 y seis millones de euros a la empresa, tal y como recoge Europa Press.

El objetivo de este Real Decreto, tal y como explicó la vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen, es reforzar la protección del consumidor, avanzar en la democratización de la energía y seguir apostando por la transición energética.

Prefijo para llamar y bloqueo en caso de incumplimiento

La entidad competente para incoar y resolver este tipo infractor será la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Asimismo, dicho reglamento establece un prefijo específico para las llamadas comerciales, y, en caso de incumplimiento, bien por no utilizar el prefijo o por llamar a alguien que había solicitado que no se le llamase, los proveedores de telecomunicaciones deberán bloquear ese número.

Por otra parte, cuando se produzca un cambio de precios derivado de una modificación de las condiciones del contrato, o de una nueva contratación, la empresa deberá presentar al consumidor, con carácter previo, un documento independiente del contrato que le resuma claramente los efectos del cambio sobre su factura final e incluya una tabla comparativa de los precios antes del cambio y los precios que tendrá después.

“Ponemos fin a lo que llamamos contratación en caliente sin condiciones claras”, explica Aagesen, quien añade que “hay que tomar las decisiones económicas con la información adecuada, sin presión, con el tiempo suficiente para poder comprenderla, valorar cuáles son las alternativas y elegir qué modalidad de contrato se ajusta mejor a nuestras necesidades”.

Adiós a las llamadas no deseadas: la función que debes activar en tu móvil para bloquear el spam

Aitana Solera

Rescindir sin contrato sin penalización

Así, tanto los hogares como las pequeñas y medianas empresas (pymes) -con potencia contratada menor de 15 kilovatios (kW)- podrán rescindir sus contratos en cualquier momento, sin penalización, a menos que sea antes de la primera prórroga anual de un contrato a precio fijo en el mercado libre; y en este caso la penalización sólo podrá ser del 5% de la energía pendiente de facturar en ese ejercicio como máximo.

Si el cambio lo hace un consumidor vulnerable para acogerse al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), no podrá aplicarse ningún tipo de penalización, tampoco en los servicios adicionales contratados junto al suministro eléctrico.

Además, se agilizan los plazos para los cambios de suministrador, que durarán diez días como máximo, y en los arrendamientos de viviendas se permitirá que el PVPC se subrogue sólo con la petición de cambio de nombre del contrato por parte del usuario efectivo de la energía que así lo acredite, libre de las cargas que pudiera haber contraído el titular anterior.

Esta subrogación también se aplicará a las mujeres víctimas de violencia de género y de violencia sexual que residan en la vivienda sin ser las titulares del contrato.

En el caso de que un consumidor con bono social quiera cambiar al mercado libre, el nuevo comercializador, además de presentarle la estimación anual de la diferencia entre el precio que paga y el que pagará tras el cambio deberá recabar su consentimiento expreso e informar mensualmente a la CNMC de estas renuncias por parte de los consumidores vulnerables, para que puedan comprobarse.

Tracking Pixel Contents