Recortes en la jubilación anticipada: el dinero que perderás para toda la vida si dejas de trabajar antes
Los coeficientes reductores aplicados por la Seguridad Social pueden disminuir de forma permanente la cuantía si te retiras antes de la edad ordinaria

Lucía Feijoo Viera
La edad de jubilación en Españano ha dejado de aumentar en la última década. En la actualidad, la edad ordinaria se sitúa en 66 años y 10 meses para quienes no alcanzan el periodo de cotización exigido, y seguirá elevándose progresivamente hasta llegar a los 67 años en 2027. Solo quienes acrediten una carrera larga de cotización pueden retirarse a los 65 años sin penalización.
Este calendario ascendente obliga a miles de trabajadores a replantearse cuándo abandonar el mercado laboral. Aunque existe la posibilidad de jubilarse antes de la edad legal, hacerlo implica asumir recortes en la cuantía de la pensión. La diferencia entre esperar a la edad ordinaria o anticipar el retiro puede traducirse en una merma permanente en los ingresos mensuales que acompañará al jubilado durante toda su vida.
Jubilación anticipada
La jubilación anticipada permite retirarse antes de cumplir la edad ordinaria siempre que se cumplan determinados requisitos de cotización. Puede producirse de forma voluntaria o involuntaria, dependiendo de si responde a una decisión personal o a causas ajenas al trabajador, como un despido. Para optar a esta modalidad es necesario haber cotizado al menos 35 años, y que dos de ellos estén comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de solicitar la pensión.
Las denuncias de ASJUBI40
Ahora bien, jubilarse antes de los 65 años puede acarrear reducciones significativas en la pensión, que pueden alcanzar hasta un 24%, incluso en casos de personas con más de 40 años cotizados. Esa es la situación que denuncian los miembros de la asociación ASJUBI 40, que agrupa a trabajadores con largas carreras de cotización que, pese a haber contribuido durante cuatro décadas o más, ven cómo su prestación queda recortada por haber adelantado su retiro.

Recortes en la jubilación anticipada / INFORMACIÓN
Desde esta organización critican que mientras una persona puede acceder al 100% de la pensión en la jubilación ordinaria con 38 años y 3 meses cotizados, quienes superan ampliamente los 40 años de cotización sufran recortes si se retiran antes de la edad legal. Reclaman la eliminación de estos coeficientes para todos aquellos que acrediten más de 40 años trabajados, con independencia de que la jubilación haya sido voluntaria o forzosa.

Coeficientes reductores / SEGURIDAD SOCIAL
Coeficientes reductores
Los coeficientes reductores son porcentajes que se aplican exclusivamente cuando la jubilación es anticipada y se calculan en función de los meses concretos que se adelante el retiro, no por años completos. Cuanto mayor es el adelanto, mayor es el recorte. En la jubilación anticipada voluntaria, si se adelanta el retiro dos años —24 meses— la reducción puede situarse en el 21% para quienes hayan cotizado menos de 38 años y seis meses, en el 19% para carreras inferiores a 41 años y seis meses, en el 17% para menos de 44 años y seis meses, y en el 13% para quienes superen ese último umbral. A medida que disminuyen los meses de anticipo, el porcentaje también baja: un año antes de la edad ordinaria el recorte se mueve entre el 5,50% y el 4,75% según los años cotizados, y si solo se adelanta un mes, la reducción oscila aproximadamente entre el 3,26% y el 2,81%.
En los casos de jubilación anticipada involuntaria, los coeficientes pueden ser aún más elevados cuando el adelanto es mayor. Si el retiro se produce con cuatro años de antelación —48 meses—, la reducción puede alcanzar el 30% para carreras inferiores a 38 años y seis meses, el 28% para menos de 41 años y seis meses, el 26% para menos de 44 años y seis meses y el 24% para quienes acrediten 44 años y medio o más. Cuando el adelanto es de dos años, los recortes se sitúan en una horquilla que va del 15% al 12%, dependiendo del tiempo cotizado. Si se anticipa solo un año, la reducción se mueve en torno al 5,50% y el 4,75%, y cuando el anticipo es de apenas un mes, el ajuste puede ir desde el 0,63% hasta el 0,50%, según la carrera de cotización.
En la jubilación anticipada es la Seguridad Social la que asume el pago de la prestación antes de la edad ordinaria, con un límite general de hasta dos años en el caso voluntario y hasta cuatro en el involuntario. Además, existen excepciones para determinadas actividades consideradas penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres, así como para personas con determinados grados de discapacidad, que pueden acceder a la jubilación antes de los plazos generales.
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