Confirmado por Hacienda: hasta 9.000 euros de ahorro por reformar tu vivienda
Las deducciones por determinadas obras en el IRPF permiten recuperar hasta el 60% de la inversión si se cumplen los requisitos técnicos y fiscales

Expertos destacan los beneficios para la salud de la eficiencia energética en viviendas / Europa Press
Muchos contribuyentes afrontan cada año la declaración de la Rentacon la vista puesta en las deducciones que pueden aliviar su factura fiscal. La campaña del IRPF es necesaria para ajustar cuentas con Hacienda, pero también para aprovechar incentivos que premian determinadas inversiones.
Entre las deducciones más relevantesde los últimos ejercicios figuran las vinculadas a la vivienda. En este punto se encuentra uno de los nuevos incentivos orientados a fomentar la sostenibilidad: las obras de mejora de la eficiencia energética permiten acceder a importantes beneficios fiscales, con un ahorro que puede alcanzar los 9.000 euros si se cumplen todas las condiciones previstas en la normativa vigente.
Eficiencia energética
Las reformas de mejora de la eficiencia energética se han convertido en una de las deducciones estrella del IRPF. El objetivo es doble: reducir el consumo energético de los hogares y avanzar hacia un modelo más sostenible. La legislación contempla distintos tramos de deducción en función del tipo de obra realizada y del ahorro energético conseguido, tanto en viviendas individuales como en edificios completos.

Confirmado por Hacienda: hasta 9.000 euros de ahorro por reformar tu vivienda / INFORMACIÓN
El primer escalón se refiere a aquellas actuaciones que logren reducir al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. Aquí encajan intervenciones como el cambio de ventanas por otras más eficientes, el refuerzo del aislamiento térmico o la sustitución de cerramientos antiguos. En estos casos, el contribuyente puede deducirse el 20% de las cantidades invertidas, con una base máxima anual de 5.000 euros. El ahorro puede alcanzar así los 1.000 euros por ejercicio. Esta deducción se aplica tanto en la vivienda habitual como en inmuebles arrendados o destinados al alquiler, siempre que se respeten los plazos legales.
El segundo tramo eleva el incentivo al 40% cuando las obras consiguen una reducción de al menos el 30% del consumo de energía primaria no renovable o mejoran la calificación energética del inmueble hasta las letras A o B. En este grupo se incluyen actuaciones como la instalación de sistemas de climatización de alta eficiencia, la incorporación de energías renovables —como paneles solares— o reformas integrales de aislamiento. La base máxima anual es de 7.500 euros, lo que permite un ahorro de hasta 3.000 euros en la declaración.

Una mujer revisa papeles de la declaración de la Renta: Confirmado por Hacienda: hasta 9.000 euros de ahorro por reformar tu vivienda. / INFORMACIÓN
El nivel más alto de deducción, del 60%, está reservado a obras realizadas en edificios completos o en comunidades de propietarios que logren esa misma mejora del 30% en eficiencia energética o alcancen las calificaciones A o B. En este supuesto, cada propietario puede deducirse el 60% de la parte que le corresponda de la inversión. La base máxima es de 5.000 euros anuales, aunque puede alcanzar los 15.000 euros en total si las cantidades no deducidas en un ejercicio se trasladan a los cuatro años siguientes. Gracias a este mecanismo, la acumulación del ahorro fiscal puede llegar a los 9.000 euros.
Requisitos técnicos
Para beneficiarse de estas deducciones es imprescindible cumplir requisitos técnicos estrictos. La normativa exige disponer de dos certificados energéticos: uno previo al inicio de las obras y otro posterior que acredite la mejora obtenida. Ambos deben ser expedidos por un técnico competente y reflejar de forma clara la reducción del consumo o la mejora en la calificación energética. El certificado final deberá emitirse antes del 1 de enero de 2027 en el caso de viviendas individuales y antes del 1 de enero de 2028 para edificios residenciales.
Excluidos los pagos en efectivo
También es obligatorio que todos los pagos relacionados con las obras se realicen por medios bancarios trazables, como transferencias, tarjetas o cheques nominativos. Los pagos en efectivo quedan excluidos, incluso aunque se cumplan el resto de condiciones. Además, las subvenciones públicas recibidas para financiar la reforma deberán descontarse de la base deducible, evitando así que se produzca una doble ventaja fiscal. No se consideran válidas las obras meramente estéticas, de mantenimiento o aquellas que impliquen la instalación de sistemas que utilicen combustibles fósiles.
Estas deducciones pueden aplicarse a obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026 en viviendas particulares y, en el caso de edificios completos, hasta finales de 2027. Este margen temporal permite planificar las reformas y distribuir el gasto en distintos ejercicios fiscales para optimizar el impacto en la declaración de la Renta.
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