Juanma Lorente, abogado laboralista, desvela quién se beneficiará de la subida del SMI: “No te va a afectar"
El experto explica qué trabajadores notarán realmente el incremento aprobado para 2026 y quiénes no verán cambios en su nómina

Trabajo acuerda sólo con CCOO y UGT subir el SMI un 3,1% en 2026, hasta los 1.221 euros al mes / INFORMACIÓN | ChatGPT
La subida del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026 ya es oficial. El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo importe, que tendrá efecto retroactivo desde el 1 de enero, lo que implica que algunas empresas deberán abonar en febrero la diferencia correspondiente al mes anterior. Pero no todos los trabajadores notarán el incremento.
El abogado laboralista Juanma Lorente lo explica de forma clara: “No te va a afectar la subida del salario mínimo interprofesional si cobras por encima de lo que te voy a decir”. Y añade: “Lamentablemente hay gente que se cree que la subida del salario mínimo le afecta a todo el mundo. No es así, sólo le afecta a quien cobra menos de cierta cantidad”.

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Las cantidades clave que debes revisar
Según detalla el abogado, la subida del SMI afectará únicamente a quienes, a fecha actual, estén cobrando menos de 1.221 euros brutos al mes si perciben el salario en 14 pagas. En el caso de tener las pagas extraordinarias prorrateadas, es decir, si todos los meses se cobra la misma cantidad sin meses en los que se perciba el doble, el límite se sitúa en 1.424,50 euros brutos mensuales.
Lorente insiste en un matiz importante: “Ojo, todas estas cantidades que os estoy diciendo son en bruto, no en líquido, no te equivoques”. Esto significa que se trata del salario antes de descontar cotizaciones a la Seguridad Social e IRPF.
El límite anual que marca la diferencia
El dato clave está en el cómputo anual. “En resumen, si tú en bruto cobras más de 17.094 euros al año, no te va a afectar. Sólo si cobras menos te afectará esta subida”, explica.
Por tanto, quienes superen esa cifra anual no verán modificada su nómina como consecuencia del nuevo SMI.

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Pago retroactivo desde enero
El incremento aprobado tiene efecto desde el 1 de enero de 2026. Esto implica que, si un trabajador cumple los requisitos salariales para beneficiarse de la subida, la empresa deberá abonar en febrero la diferencia correspondiente a enero.
En definitiva, la clave no está en que el salario mínimo haya subido, sino en cuánto cobras en bruto al año y cómo están estructuradas tus pagas.
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