Última actualización del salario mínimo y el IRPF en 2026: esto es lo que cobrarás finalmente
El nuevo SMI no podrá compensarse con pluses ni complementos para alcanzar la cuantía mínima establecida por ley
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vuelve a estar en el centro del debate económico y laboral en 2026 tras la confirmación de su nueva cuantía. La actualización consolida la senda de incrementos de los últimos años y fija un suelo salarial que impactará de forma directa en miles de trabajadores en España. La medida supone un aumento nominal al tiempo que incorpora cambios relevantes en su tratamiento fiscal y en la forma en que las empresas podrán aplicarlo en nómina.
1.221 euros
El nuevo SMI para 2026 será de 1.221 euros al mes en 14 pagas, lo que equivale a 17.094 euros brutos anuales como mínimo. La cifra marca el umbral legal que ninguna relación laboral a jornada completa podrá situar por debajo. No obstante, conviene recordar que el SMI es salario bruto, por lo que sobre esa cuantía siguen aplicándose las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes.
Novedades en el IRPF
A partir de aquí, las principales novedades tienen que ver con el IRPF y con la forma en que las empresas computan los conceptos salariales. El abogado laboralista Juanma Lorente subraya que “el salario mínimo para 2026 será de 1.221 euros por 14 pagas libre de IRPF y con una novedad muy importante: no se podrá compensar con complementos o pluses”. Según explica, este cambio supone en la práctica “unos 37 euros más al mes” para quienes perciban exactamente el SMI.

Todo lo que debes saber sobre el incremento del salario mínimo. / freepik.
Lorente detalla que “la primera novedad es que estará exento de IRPF. El Salario Mínimo será de 1.221€ por 14 pagas”. Esto implica, tal y como precisa, que “no tendrás retención de IRPF si tu salario se limita al SMI”, siempre “en los supuestos previstos”. Es decir, en los casos en los que el trabajador cobre exclusivamente el salario mínimo, no se aplicará retención por este impuesto en nómina.
El abogado insiste en aclarar que la exención del IRPF no altera el carácter bruto del salario. “El SMI es salario bruto”, recuerda, y por tanto “las cotizaciones a la Seguridad Social siguen aplicándose”. De esta forma, aunque no haya retención por IRPF en los supuestos contemplados, sí se mantendrán las deducciones correspondientes a contingencias comunes, desempleo u otras cotizaciones obligatorias.
Complementos
Otra de las cuestiones relevantes es la intención del Gobierno de impedir que las empresas puedan computar determinados complementos o pluses para alcanzar la cuantía del SMI. “Como novedad el Gobierno quiere que no se puedan computar pluses para llegar a ese SMI. Esto está pendiente”, señala Lorente. De confirmarse en los términos anunciados, supondría que conceptos como pluses salariales no podrían utilizarse para completar hasta los 1.221 euros si el salario base es inferior, reforzando así el carácter de mínimo garantizado.
En este contexto, el abogado advierte de que “no pueden compensarlo con trucos ni maquillajes si no cumple la normativa” y recuerda que “el SMI es el mínimo legal garantizado”.
Suscríbete para seguir leyendo
- Se produce en Torrevieja la mayor catástrofe de la Comunidad Valenciana: simulacro de tsunami y terremoto
- La primera piscifactoría de lecholas terrestre del mundo empieza a funcionar en Alicante
- Doce detenidos en Alicante y Valencia por usurpar la identidad de 5.000 personas para estafar 4,7 millones en apuestas
- Educación obliga a grabar con cámaras a los profesores que se formen a distancia para evitar trampas
- La Generalitat inicia el expediente de demolición del chalé ilegal de Cabezo Mortero en el corazón del Paisaje Protegido de Sierra de Escalona de San Miguel de Salinas
- Anaximandro de Mileto, filósofo: 'La naturaleza busca siempre el equilibrio
- Confirmado: Hacienda cambia la fecha de la declaración de la Renta en 2026
- La posidonia de Santa Pola se convertirá en ingrediente para el sector cosmético