Nueva obligación para los alquileres turísticos: este es el trámite que deben hacer antes del 2 de marzo
La obligación afecta a todos los alojamientos de corta duración y el plazo ya está en marcha

Cambios en los alquileres turísticos: un antes y un después para el descanso vecinal / Eva Abril
Si alquilas tu vivienda por días o semanas a través de plataformas online, hay una fecha marcada en rojo en el calendario: 2 de marzo de 2026. Antes de ese día, determinados propietarios tendrán que presentar una declaración informativa obligatoria sobre su actividad durante 2025.
La medida ya está en marcha desde el 1 de febrero y afecta a quienes gestionan alojamientos de corta duración, ya sean viviendas, embarcaciones o incluso buques, mediante plataformas digitales.

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¿Qué cambia exactamente?
No se trata de pagar un nuevo impuesto, sino de comunicar información. La normativa obliga a declarar cuántos alquileres se han realizado durante 2025, el número de huéspedes y las fechas de estancia, entre otros datos.
También se debe especificar el tipo de arrendamiento: si fue vacacional, por motivos laborales, de estudios o de otra naturaleza temporal. El objetivo es diferenciar claramente estos usos del alquiler habitual de vivienda permanente.
Eso sí, la información que se remite es anónima. No se exige incluir nombres ni datos personales de los huéspedes.
¿Quién debe presentar la declaración?
La obligación recae en propietarios y anfitriones que ofrezcan alojamientos de corta duración a través de plataformas online. Es decir, quienes utilicen intermediarios digitales para gestionar sus reservas.
La medida se recoge en una orden del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y desarrolla lo establecido en el Real Decreto 1312/2024, que a su vez aplica una normativa europea sobre control y transparencia en los alquileres temporales.
¿Dónde se presenta?
La documentación debe enviarse al Colegio de Registradores, que será el encargado de centralizar todos los datos.
El trámite puede realizarse de forma telemática a través de la sede electrónica habilitada para ello, aunque también existe la opción presencial. Además, se ha activado un canal de consultas para resolver dudas durante el periodo de presentación.

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¿Por qué se implanta ahora?
El Gobierno busca tener una radiografía más precisa del mercado del alquiler de corta duración en España: cuántos inmuebles se destinan a este uso, con qué frecuencia y bajo qué modalidad.
La declaración correspondiente a la actividad de 2025 debe realizarse dentro del plazo abierto entre el 1 de febrero y el 2 de marzo de 2026. Fuera de ese periodo, podrían derivarse consecuencias administrativas para quienes estén obligados y no cumplan.
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