Aviso de Hacienda: si cobras el Ingreso Mínimo Vital estás obligado a hacer la declaración de la Renta
La Seguridad Social recuerda que los beneficiarios del IMV y todos los miembros de la unidad de convivencia están obligados a presentar el IRPF, aunque la ayuda esté exenta de impuestos

Qué hacer si no quieres perder el Ingreso Mínimo Vital (IMV) / Eva Abril
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica dirigida a garantizar un nivel mínimo de ingresos a las personas y familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. Para acceder a esta ayuda, gestionada por la Seguridad Social, es necesario cumplir una serie de requisitos relacionados con la renta y el patrimonio del solicitante, así como con la composición de la unidad de convivencia. El IMV se concede cuando los ingresos de una persona o familia están por debajo de un umbral determinado y se calcula teniendo en cuenta el número de miembros del hogar.
IMV y declaración de la Renta
A pesar de tratarse de una prestación exenta de impuestos, Hacienda y la Seguridad Social recuerdan que todas las personas que reciben el Ingreso Mínimo Vital están obligadas a presentar la declaración de la Renta. Esta obligación afecta tanto al titular de la ayuda como al resto de integrantes de la unidad de convivencia. Por tanto, incluso quienes nunca han presentado el IRPF deberán hacerlo si han sido beneficiarios de esta prestación.
La Agencia Tributaria explica que esta exigencia se mantiene aunque los ingresos del beneficiario sean muy bajos o incluso inexistentes. En otras circunstancias, los contribuyentes con ingresos inferiores a determinados límites pueden quedar exentos de presentar la declaración. Sin embargo, esta excepción no se aplica a quienes reciben el IMV, ya que la normativa establece que deben presentar el borrador del IRPF independientemente de la cuantía de sus rentas.
El motivo principal de esta obligación es que la Administración necesita comprobar cada año si se siguen cumpliendo los requisitos para mantener la prestación. La declaración de la Renta permite verificar el nivel de ingresos de la unidad familiar y ajustar la cuantía de la ayuda si la situación económica cambia.

Cuantía del IMV para 2026 / moncloa.gob.es
¿Qué pasa si no presentan la declaración de la Renta?
No presentar la declaración puede tener consecuencias importantes para los beneficiarios. La normativa de la Seguridad Social establece que el incumplimiento de esta obligación durante dos ejercicios fiscales consecutivos puede provocar la suspensión del Ingreso Mínimo Vital. Esta suspensión no implica la pérdida definitiva de la ayuda, pero sí supone que el beneficiario dejará de recibir los pagos hasta que regularice su situación fiscal.
Cuando se produce la suspensión, el pago de la prestación se paraliza desde el mes siguiente a detectarse el incumplimiento. Además, el beneficiario podría verse obligado a devolver cantidades cobradas de forma indebida si la Administración determina que no cumplía los requisitos. Una vez que el afectado presenta la declaración pendiente y demuestra que sigue cumpliendo las condiciones exigidas, la ayuda puede reanudarse y volver a abonarse con normalidad.
CAPI
La obligación de declarar también afecta a quienes reciben el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI), una prestación adicional vinculada al IMV destinada a familias con menores a cargo. Para las familias beneficiarias con hijos menores, los expertos fiscales suelen recomendar presentar la declaración conjunta si los progenitores están casados. En cambio, cuando no existe matrimonio, uno de los padres puede presentar la declaración conjunta con los hijos mientras que el otro deberá hacerlo de manera individual. Esta elección puede influir en el resultado final del IRPF y conviene analizar cuál es la opción más favorable en cada caso.
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