La deducción más desconocida de la declaración de la Renta: Hacienda te puede devolver hasta 200 euros
Se trata de una deducción de la que se pueden beneficiar la mayoría de contribuyentes que realicen una determinada aportación

Ya es oficial: nueva deducción de 340 euros para rentas bajas / Eva Abril
A falta de pocas semanas para que comience la declaración de la Renta de este año, son muchas las personas interesadas en conocer qué deducciones tienen disponibles para que el trámite les salga a devolver.
Antes de confirmar el borrador, en el caso de que sea esta tu forma de presentar la declaración de la Renta, debes revisar distintos aspectos y novedades que incluye la campaña de este año.
Algunas de las deducciones que debes tener en cuenta es si tienes rendimientos del trabajo inferiores a 18.276 euros anuales y no tengan otras rentas superiores a 6.500 euros, podrán beneficiarse de una nueva deducción que puede llegar a los 340 euros.
En el extremo contrario, una de las modificaciones más relevantes afecta a las rentas del ahorro más elevadas. Los ingresos procedentes de dividendos, intereses o ganancias patrimoniales que superen los 300.000 euros pasarán a tributar con un tipo marginal máximo del 30%. Con este cambio, aumenta la tributación en los niveles más altos de la base del ahorro y se refuerza el carácter progresivo del impuesto en ese tramo. La escala queda distribuida de la siguiente manera: hasta 6.000 euros, el 19%; entre 6.000 y 50.000 euros, el 21%; entre 50.000 y 200.000 euros, el 23%; entre 200.000 y 300.000 euros, el 27%; y a partir de 300.000 euros, el 30%.
También hay incentivos fiscales relacionados con la transición ecológica como la compra de un vehículo eléctrico, la instalación de un punto de recarga o la realización de obras de eficiencia energética en la vivienda.
Por último, también deberás revisar las deducciones autonómicas por si puedes beneficiarte de aquella en la que tributes.
Una deducción “potente” pero desconocida
Si buscas una deducción que puedas aplicarte y que sea realmente rentable, en el blog de Bankinter nos muestran una que considera de “las más potentes del sistema fiscal español” pero que “la mayoría de contribuyentes no utiliza”: la deducción por donativos.
Según explica, este incentivo te permite recuperar hasta un 80 % de las cantidades aportadas a ONG y entidades sociales. “Es un beneficio sencillo, accesible y muy ventajoso, pero que continúa pasando desapercibido para millones de personas en cada campaña de la Renta”, señalan.

Estos son los errores más comunes al hacer la Declaración de la Renta / Europa Press
Entre las entidades sociales sin fines de lucro a las que se refiere la Ley 49/2002 se encuentran ONG, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública, universidades, federaciones deportivas y otras instituciones registradas.
El beneficio es especialmente atractivo en los primeros tramos ya que de los primeros 250 euros euros donados te puedes deducir un 80 %, por lo que Hacienda te devolverá 200 euros. Además, desde Bankinter señalan que esta deducción “puede elevarse al 40 % si has donado a la misma entidad durante tres años consecutivos con igual o mayor importe”
Si por ejemplo donas 20 euros a una ONG serán 240 euros al año de los que Hacienda te devolverá 192.
En términos de relación “euros aportados / euros deducidos”, es uno de los incentivos fiscales más potentes del IRPF, aunque señalan que no es muy usada fundamentalmente por desconocimiento o porque al donar pequeñas cantidades no se solicita el certificado que hay que aportar a Hacienda. Además, hay que tener en cuenta que la deducción no siempre está recogida en el borrador y muchos contribuyentes lo validan y no comprueban si se ha incorporado.
¿A quién va destinada esta deducción?
Es casi lo mejor de esta deducción, y es que casi todos los contribuyentes pueden beneficiarse de ella, independientemente de su nivel de renta o situación familiar. Los requisitos adicionales son:
- La entidad receptora esté incluida en el régimen fiscal de la Ley 49/2002.
- El contribuyente disponga del certificado de donación emitido por la entidad. Este certificado indica el importe donado y la identificación fiscal de ambas partes, y Hacienda cruza automáticamente los datos.
Esta deducción es compatible con otras como:
- Deducciones autonómicas.
- Beneficios por vivienda habitual.
- Familia y discapacidad.
- Aportaciones a planes de pensiones.
- Deducciones por eficiencia energética.
- Inversiones en empresas de nueva creación.
Esto permite optimizar el IRPF sin interferencias con otras ventajas fiscales.
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