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Si padeces una de estas 11 enfermedades puedes jubilarte a los 56 años

El abogado laboralista Ignacio de la Calzada explica los requisitos necesarios para poder acogerte a este adelanto en la edad de jubilación

Nueva jubilación anticipada: qué trabajadores podrán retirarse antes y cuándo entran en vigor los cambios

Lucía Feijoo Viera

Carmen Tomàs

Carmen Tomàs

Es posible jubilarse a los 56 años si padeces determinadas enfermedades. El abogado laboralista Ignacio de la Calzada explica que quienes tengan alguna de estas patologías podrían acceder antes "sin recortes", aunque insiste en que no basta solo con padecerlas: hay que cumplir una serie de requisitos.

De la Calzada señala que esta posibilidad deriva de “un Real Decreto del año 2009 que desarrolla el artículo 161 bis de la Ley de Seguridad Social”. En ese marco, recuerda que la edad ordinaria de jubilación “era 65 años y ahora está subiendo hasta los 67”, pero añade que en determinados supuestos se permite anticiparla “siempre y cuando tengas estas enfermedades y cumplas los requisitos legales”.

Estos requisitos son tener un grado del 45% de discapacidad reconocido con la condición de haber cotizado un mínimo de 15 años "y que 5 de estos sean con la discapacidad reconocida”, explica de la Calzada. Una de las dudas más frecuentes, según apunta el abogado, tiene que ver con la cuantía de la pensión. “Mucha gente se pregunta, oye Nacho, ¿tiene recorte la pensión? La respuesta es que no. En estos casos se cobra el 100%”, afirma.

Las 11 enfermedades con las que te puedes jubilar antes

  1. Espina bífida.
  2. Amiloidosis por transtiretina variante.
  3. Enfermedad de Parkinson.
  4. Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert)
  5. Enfermedad de Huntington.
  6. Enfermedad renal crónica estadio 5.
  7. Esclerosis sistémica.
  8. Lesión medular.
  9. Degeneración corticobasal.
  10. Atrofia multisistémica.
  11. Parálisis supranuclear progresiva.

El abogado insiste en que a pesar de padecer estas enfermedades es probable que no significa que vayan a concederte esta jubilación y subraya que tanto el grado como los años cotizados deben coincidir con los requisitos exigidos.

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