Estos son los gastos de salud que puedes deducirte en la declaración de la Renta
Como señala el asesor fiscal José Ramón López Martínez, "no solo se incluyen tus gastos, sino que si tienes hijos y tienen gastos médicos también te los puedes deducir"

Así puedes solicitar el borrador de la declaración de la renta / Eva Abril
La Comunidad Valenciana junto con Canarias y Cantrabria son las únicas comunidades autónomas que aplican deducciones a determinados gastos relacionados con la salud. La Agencia Tributaria te permite añadir a tu declaración de la Renta gastos propios y de la persona a tu cargo. Como señala el asesor fiscal José Ramón López Martínez, "no solo se incluyen tus gastos, sino que si tienes hijos y tienen gastos médicos también te los puedes deducir". Además, en la Comunidad Valenciana las deducciones son algo mayores en caso de tratarse de familias numerosas o monoparentales.
Cuantía que puedes deducir en gastos de salud
Cabe destacar que, si vives en Alicante, Valencia o Castellón, puedes compatibilizar diversos gastos médicos para aplicar las deducciones. Por cantidades las deducciones ascienden a estas cuantías según la naturaleza de los gastos, según Hacienda:
- Hasta 100 euros para el tratamiento y cuidado de las personas afectadas por enfermedades crónicas de alta complejidad y las denominadas “raras”. En el caso de familias numerosas o monoparentales la deducción será de hasta 150 euros.
- Hasta 100 euros para el tratamiento y cuidado de personas diagnosticadas de daño cerebral adquirido o de la enfermedad de alzhéimer. En el caso de familias numerosas o monoparentales la deducción será de hasta 150 euros.
- El 30% de los gastos derivados de la adquisición de productos, servicios y tratamientos vinculados a la salud bucodental de carácter no estético, con un máximo de 150 euros.
- El 30% de los gastos relacionados con la atención a personas afectados por cualquier patología relacionada con la salud mental con un máximo de 150 euros.
- El 30% del importe destinado a la adquisición de cristales graduados, lentes de contacto y soluciones de limpieza con un máximo de 100 euros.

Un dentista examina a un paciente. / Europa Press
Cómo deducirse el gimnasio y deportes saludables
En la Comunidad Valenciana, además de estas deducciones médicas también puedes aplicar aquellas facturas derivadas de gastos relacionados con prácticas deportivas y actividades saludables. Esta deducción está contemplada en la Normativa: Art. 4.Uno.ad) y disposición adicional sexta Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, de la Comunitat Valenciana.
Tal y como indica la Agencia Tributaria, las cuantías relacionadas con el deporte (gimnasios, entrenamientos...) comprenden "en general, 30 por 100 de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables". Si el declarante es mayor de 65 años o tiene una discapacidad en grado igual o superior al 33%, el porcentaje de deducción será del 50% y si el declarante es mayor de 75 años o tiene una discapacidad igual o superior al 65%, porcentaje de deducción será del 100%.
El límite máximo de la deducción será de 150 euros anuales por contribuyente. Además, "los desembolsos podrán ir destinados a actividades desarrolladas por el contribuyente, su cónyuge y aquellas personas que den derecho a la aplicación de los mínimos familiares por descendientes y ascendientes", indica la información de Hacienda.

Entrenar, cuidarse y conocer gente: el fenómeno de los gimnasios en Alicante / Pilar Cortés
Requisitos para aplicar las deducciones
La Agencia Tributaria establece unos requisitos mínimos para poder aplicar estas deducciones relacionadas con la salud en tu borrador de la declaración de la Renta:
Con respecto al ahorro individual o conjunto, se requiere que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro no sea superior a 32.000 euros en tributación individual o a 48.000 euros en tributación conjunta. Además, señalan que el importe íntegro de la deducción solo será aplicable a los contribuyentes cuya suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro sea inferior a 29.000 euros en tributación individual, o inferior a 45.000 euros, en tributación conjunta.
Cuando la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro esté comprendida entre 29.000 y 32.000 euros en tributación individual, o entre 45.000 y 48.000 euros en tributación conjunta, los importes y límites de deducción serán los siguientes:
- En tributación individual el resultado de multiplicar el importe o límite de deducción por un porcentaje obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: 100 X (1 – el coeficiente resultante de dividir por 3.000 la diferencia entre la suma de la base liquidable general y del ahorro del contribuyente y 29.000).
- En tributación conjunta, el resultado de multiplicar el importe o límite de deducción por un porcentaje obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: 100 X (1 – el coeficiente resultante de dividir por 3.000 la diferencia entre la suma de la base liquidable general y del ahorro del contribuyente y 45.000).
Con respecto al origen de los servicios médicos se pide que los servicios recibidos como consecuencia de tratamientos médicos, sean prestados por establecimientos, centros, servicios, o profesionales sanitarios inscritos en el Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos sanitarios o en el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.
Los pagos, además, se deben poder acreditar mediante la correspondiente factura, que deberá indicar el concepto deducido y el justificante de pago mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito. "A los efectos de su revisión por la administración tributaria, deberán acompañarse los antecedentes anteriores de un informe emitido por un facultativo competente que permita inequívocamente su correcta clasificación en alguna de las categorías de gasto previstas para esta deducción", señalan desde Hacienda.
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