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El SEPE deberá pagarle a una de sus funcionarias por hacer un trabajo que no le correspondía: era auxiliar C2 y trabajaba como técnico A2

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia reconoce que la mujer desarrolló funciones que no se correspondían con su puesto y que deben remunerarse

El SEPE deberá pagarle a una de sus funcionarias la diferencia salarial por desempeñar labores superiores para las que estaba contratada

El SEPE deberá pagarle a una de sus funcionarias la diferencia salarial por desempeñar labores superiores para las que estaba contratada / Canva

EFE

Desempeñar un trabajo con responsabilidades por encima de tu puesto. Esto es lo que acaban de reconocerle a una funcionaria interina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que estuvo desempeñando de forma continuada funciones propias de un técnico A2 nivel 20 pese a ellas estar nombrada como auxiliar administrativa C2 nivel 15.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha estimado el recurso interpuesto por la trabajadora y le reconoce percibir las diferencias retributivas correspondientes a un puesto de nivel superior, recoge EFE.

La trabajadora podrá cobrar las diferencias salariales por los complementos de destino, específico y productividad correspondientes al empleo que estaba desempeñando, con inclusión únicamente de los períodos no prescritos.

Trabajaba en el SEPE en un puesto superior

En la sentencia se recoge que la trabajadora prestó servicio en oficinas del SEPE donde atendía a los usuarios que acudían al servicio "con independencia de su complejidad", resolviendo solicitudes de prestaciones, interpretando la normativa aplicable y accediendo a las aplicaciones informáticas del organismo para gestionar expedientes. La resolución destaca que estas tareas implicaban la aplicación directa de la normativa y la tramitación completa de expedientes de prestaciones, lo que excedía las funciones propias del puesto administrativo para el que había sido nombrada.

La funcionaria realizaba estas labores y únicamente derivaba a sus responsables los casos más complejos. Para fundamentar su decisión, el tribunal recuerda la doctrina consolidada del Tribunal Supremo según la cual, cuando un funcionario acredita que ha desempeñado de forma efectiva las funciones de un puesto con mayor nivel retributivo, tiene derecho a percibir los complementos correspondientes, informa el TSJ en un comunicado.

En palabras recogidas en la sentencia, existe una jurisprudencia consolidada según la cual "al funcionario que acredita la realización de las funciones de un puesto de trabajo distinto del suyo y con retribuciones complementarias superiores se le deben satisfacer los complementos de destino y específico del que efectivamente ha desempeñado".

La resolución subraya, además, que la jurisprudencia no se refiere a la realización puntual de tareas aisladas, sino al desempeño material y continuado de las funciones esenciales del puesto superior, supuesto que, desde la perspectiva del principio de igualdad, "concretado en la afirmación de que a igual trabajo debe corresponder igual retribución", conduce a reconocer el derecho a percibir las retribuciones correspondientes.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo en los términos previstos en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, no impone costas a la Administración debido a las dudas de hecho existentes en el análisis de la identidad de funciones.

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