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Cambios en el subsidio para mayores de 52 años en 2026: base de cotización, límite de rentas y declaración de la Renta

El abogado laboralista Ignacio Solsona explica las principales novedades aprobadas en el BOE en el mes de febrero

Los mayores de 52 años pueden cobrar un subsidio si cumplen con todos los requisitos

Los mayores de 52 años pueden cobrar un subsidio si cumplen con todos los requisitos / INFORMACIÓN

O. Casado

O. Casado

El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que cada vez cobran más ciudadanos. Los requisitos para cobrar esta ayuda es haber alcanzado la edad, estar en paro y cumplir todos los requisitos necesarios para poder jubilarse sin poder hacerlo por no tener los años.

El subsidio tiene una duración variable según el beneficiario, ya que podrá seguir percibiendo hasta alcanzar la edad de jubilación siempre y cuando continúe reuniendo los requisitos exigidos. 

En febrero de 2026 se han introducido algunas novedades en este subsidio que recoge el abogado laboralista Ignacio Solsona en su canal de Youtube ‘Laboroteca’.

El primer aspecto que comenta es que la cuantía del subsidio no cambia: sigue en 480 euros al mes. Esta cantidad sigue siendo el 80 % del IPREM. Solona detalla que los cambios del subsidio para mayores de 52 años giran en torno a la base de cotización, al límite de rentas y a la obligatoriedad de presentar la declaración de la Renta.

Base de cotización

Uno de los aspectos más importantes de este subsidio es que el SEPE sigue cotizando por la persona beneficiaria a efectos de jubilación. Esta base de cotización depende del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que se incrementó hace unas semanas y que ha quedado fijado en 1.424,50 euros en 12 pagas. “Por tanto, puede concluirse que la base de cotización del subsidio para este año 2026 se va a incrementar a 1780,60 euros mensuales”, indica Solsona que recuerda que este subsidio no cotiza ni para incapacidad permanente, ni para viudedad, orfandad, pensiones en favor de familiares, ni mucho menos para otras contingencias, como por ejemplo las bajas médicas. 

Incremento del límite de rentas

La subida del SMI también trae cambios en cuanto al incremento del límite de rentas compatibles con el subsidio para mayores de 52 años. “Este 2026 quienes cobran el subsidio no pueden tener unas rentas superiores a 915,75 euros mensuales, que es el equivalente al 75 % del SMI, excluyendo la parte proporcional de pagas extraordinarias”, indica el abogado.

“Por ejemplo, si alguien solicita el subsidio el 5 de mayo, deberá acreditar que entre el 1 y el 30 de abril de ese mismo año no ha superado el límite de 915,75 euros. De superarlo, no podrá acceder al subsidio en ese momento, pero podrá pedirlo en un momento posterior si se sitúa por debajo de ese límite”, señala Solsona.

Desaparece obligación de hacer la declaración de la renta

La última de las novedades del subsidio para mayores en 2026 es la relativa a la desaparición de la obligación de hacer la declaración de la Renta en la Agencia Tributaria. Ahora sólo tendrán que realizarla en los casos en los que indique Hacienda, como todos los contribuyentes.

Una obligación importante que se mantiene

Lo que sigue siendo obligatorio para cobrar el subsidio para mayores de 52 años es presentar la declaración anual de rentas en el SEPE cada 12 meses a contar desde la fecha de acceso inicial a la ayuda o desde alguna de sus renovaciones tras una suspensión. En caso de no presentar este documento el subsidio se suspenderá automáticamente hasta que se cumpla la obligación.

“Este formulario puede encontrarse en la sede electrónica del SEPE, puede presentarse en cualquier oficina de esta entidad gestora de forma presencial o puede presentarse también por internet con certificado digital o incluso sin certificado mediante el

trámite llamado pre solicitud”, concluye Solsona.

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