Campaña de la Renta 2026: así puedes pedir cita previa con Hacienda para hacer la declaración y evitar errores de última hora
La Agencia Tributaria activa el calendario y aclara quién puede solicitar ayuda telefónica o presencial, qué vías existen para reservar cita y qué llamadas debes desconfiar por posible fraude

Así puedes solicitar el borrador de la declaración de la renta / Eva Abril
La campaña de la declaración de la Rentavuelve a situarse entre los trámites más importantes del año para millones de contribuyentes. Como ocurre cada primavera, la Agencia Tributaria pone en marcha un calendario escalonado que obliga a estar pendiente de varias fechas clave para no quedarse fuera de plazo ni hacer gestiones con prisas. En este ejercicio, la atención vuelve a centrarse tanto en la presentación por Internet como en los servicios de asistencia que ofrece Hacienda a quienes prefieren que un técnico les ayude a confeccionar el borrador o a revisar los datos antes de presentar la declaración.
Calendario de la Renta
El calendario de esta campaña marca varios hitos que conviene tener claros desde el principio. El arranque está fijado para el 8 de abril, fecha a partir de la cual comienza oficialmente la campaña de la Renta 2025, mientras que el cierre llegará el 30 de junio. Entre medias, se abren distintos plazos para acceder a la asistencia personalizada de la Agencia Tributaria. La cita para recibir ayuda telefónica podrá solicitarse desde el 29 de abril, mientras que la reserva para acudir presencialmente a las oficinas de Hacienda estará disponible a partir del 29 de mayo.

Calendario de la Renta 2026. / Europa Press
A partir de ahí surge la gran pregunta: quién puede pedir realmente cita para que Hacienda le confeccione la declaración. La respuesta es importante, porque este apoyo no está abierto sin límites a cualquier perfil. La Agencia Tributaria ha establecido que podrán acceder a este sistema quienes obtengan rendimientos del trabajo con un tope anual de 80.000 euros, así como quienes perciban rendimientos del capital mobiliario hasta 20.000 euros. También entran dentro de este servicio determinados rendimientos del capital inmobiliario, siempre que no se supere el límite de dos inmuebles alquilados o dos contratos de arrendamiento.
La Agencia Tributaria también contempla supuestos relacionados con ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta, como determinados derechos de suscripción, fondos de inversión en algunos casos concretos y premios. Además, incluye ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones, incluso cuando se trata de la vivienda habitual, aunque con el límite de dos transmisiones. También se encuadran aquí la renta básica de emancipación, distintas subvenciones que no estén vinculadas a actividades económicas y otras ganancias o pérdidas patrimoniales sin transmisión. A eso se añade la imputación de rentas inmobiliarias y las rentas obtenidas en régimen de atribución, siempre dentro de los topes fijados según la naturaleza de cada rendimiento.

Hoja para presentar la declaración de la Renta / INFORMACIÓN
Cómo pedir cita previa
Una vez confirmado que el contribuyente entra dentro de los perfiles admitidos, el siguiente paso es saber cómo se solicita la cita previa. La reserva puede tramitarse por varias vías, lo que permite adaptarse al nivel de familiaridad digital de cada persona. Se puede hacer por Internet identificándose con NIF o NIE, y también mediante sistemas habituales como Cl@ve, número de referencia, DNI electrónico o certificado electrónico. La app oficial “Agencia Tributaria” ofrece igualmente esta posibilidad desde el móvil, lo que facilita mucho la gestión para quienes prefieren evitar desplazamientos o llamadas. Para quienes opten por el canal telefónico, existen dos números habilitados: el automático 91 535 73 26 y el de atención personal 91 553 00 71, disponible de lunes a viernes entre las 9.00 y las 19.00 horas. Es importante recordar que esta cita sirve para fijar día y hora de confección y presentación de la declaración, y que sin esa reserva previa los técnicos de Hacienda no atenderán al contribuyente en estos servicios.
Otro aspecto que conviene tener presente es la gestión posterior de la cita una vez pedida. La Agencia Tributaria permite reservar un máximo de dos citas por contribuyente, sin contar aquellas que hayan sido anuladas previamente. Esto significa que una persona puede reorganizarse si cambia de planes o si necesita mover la fecha, sin perder por ello la posibilidad de volver a reservar. De hecho, una vez concertada, la cita puede modificarse o anularse tantas veces como sea necesario a través de los mismos canales usados para pedirla.
Cuidado con los fraudes
Junto a todo esto, Hacienda ha querido insistir en una advertencia que este año cobra especial relevancia: el riesgo de fraude. La Agencia Tributaria solo se pondrá en contacto telefónicamente con el contribuyente en relación con la campaña de la renta 2025 si este ha solicitado previamente una cita para recibir asistencia por teléfono. Y, en ese caso, la llamada se hará exclusivamente desde el número 810 520 052. La recomendación oficial es guardar ese teléfono en la agenda para identificarlo con facilidad y comprobar además que el dispositivo no tenga restringidas las llamadas procedentes de números que empiecen por 810.
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