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Confirmado: Manipular el registro horario en el trabajo es motivo de despido sin indemnización

Una reciente sentencia del TSJ de Castilla y León avala el cese procedente de una empleada por manipular ese control y vulnerar la buena fe contractual

Los tribunales avalan el despido sin indemnización de una trabajadora por manipular el registro horario

Los tribunales avalan el despido sin indemnización de una trabajadora por manipular el registro horario / INFORMACIÓN

J. A. Giménez

J. A. Giménez

La justicia sigue delimitando con claridad los casos en los que una empresa puede despedir de forma procedente a un trabajador. Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado el despido disciplinario de una empleada que había manipulado el registro horario y cometido irregularidades en el desempeño de sus funciones, considerando que existía una transgresión grave de la buena fe contractual.

El fallo subraya uno de los principios básicos del derecho laboral: la relación entre empresa y trabajador se sustenta en la confianza mutua. Cuando esa confianza se rompe de forma grave y acreditada, el despido puede ser considerado procedente, es decir, sin derecho a indemnización.

En el caso analizado, la trabajadora alteraba su jornada laboral de forma indebida, registrando horarios que no se correspondían con la realidad. Este comportamiento, según el tribunal, no constituye una simple irregularidad, sino una actuación consciente que afecta directamente a la organización del trabajo y a la relación de confianza con la empresa.

Conductas reiteradas

La sentencia considera probado que estas conductas no fueron puntuales ni fruto de un error, sino reiteradas, lo que refuerza la gravedad de los hechos. En este contexto, el tribunal concluye que la empresa actuó correctamente al aplicar el despido disciplinario.

Este tipo de resoluciones se apoyan en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, que contempla como causa de despido disciplinario la transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza en el desempeño del trabajo. Es una de las causas más amplias, pero también una de las más utilizadas cuando se producen fraudes internos o comportamientos desleales.

Además, el fallo refuerza la idea de que no todas las irregularidades laborales tienen la misma gravedad. Para que un despido sea procedente, debe existir una conducta suficientemente grave y culpable, algo que en este caso el tribunal considera plenamente acreditado.

La sentencia también envía un mensaje claro en un contexto en el que el control horario y la digitalización del trabajo han cobrado especial relevancia. Manipular estos sistemas no solo puede tener consecuencias disciplinarias, sino que puede derivar directamente en la pérdida del empleo.

La resolución confirma que el fraude laboral interno, cuando es reiterado y afecta a la confianza, puede justificar el despido sin indemnización. Un recordatorio de que, más allá de la normativa, la relación laboral sigue teniendo como base un elemento clave: la confianza.

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