Desheredar a un hijo no es tan fácil: estos son los requisitos que debes cumplir
El abogado experto en herencias y fiscalidad David Jiménez aclara lo esencial si quieres llevar a cabo este procedimiento

El reparto de herencias sin testamentos suele generar disputas. / IMAGEN GENERADA POR IA
¿Se puede desheredar a los hijos o hijas o la ley lo impide? Se trata de un proceso deseado por muchos padres que, por motivos familiares, prefieren que su herencia no acabe en los hijos. El abogado experto en herencias y fiscalidad David Jiménez ha aclarado las dudas principales en torno a este proceso que, en ocasiones, es tan difícil de ejecutar como de decidir. Tal y como aclara, la legislación en España sí permite desheredar, pero advierte que no se trata de una decisión libre o arbitraria, sino que está sujeta a requisitos muy estrictos que se deben cumplir para que tenga validez.

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Requisitos para poder desheredar a un hijo
El primer requisito fundamental es que el proceso de desheredación debe realizarse mediante testamento: no es posible hacerlo de otra forma. Además, no basta con reflejar la voluntad, sino que debe justificarse. En este sentido, el letrado David Jiménez subraya que la desheredación debe basarse en “alguna de las causas previstas específicamente en el Código Civil”. Es decir, no cualquier motivo es válido, sino únicamente aquellos recogidos expresamente en la ley.
Cumpliendo estos dos requisitos, en principio, la desheredación podría llevarse a cabo. No obstante, el abogado insiste en que hay aspectos clave que no deben pasarse por alto. Uno de ellos es que la desheredación no se extiende automáticamente a los descendientes del hijo afectado. “Cuando tú desheredas a un hijo no estás desheredando a nieto”, aclara el abogado. Este dato introduce un matiz importante en la planificación de la herencia y en sus efectos reales si lo que quieres es desvincularte por completo de todos tus descendientes.
Por otro lado, Jiménez advierte de que este tipo de decisiones no están exentas de conflicto. El hijo desheredado tiene la posibilidad y el derecho de recurrir la decisión para impugnarla. Por ello, resulta fundamental que quien decide desheredar cuente con pruebas suficientes que respalden las causas alegadas o podría verse envuelto en un conflicto jurídico largo y difícil. “Más vale que tengas las pruebas suficientes como para que el resto de herederos puedan demostrar aquello que tú pusiste por testamento”, concluye el experto.
En caso de disputa, tener pruebas que se basen en las causas previstas en el Código Civil son imprescindibles, por ejemplo: las consecuencias derivadas de la falta de cuidados son una de las causas por las que sí se permite desheredar, tal y como muestra el artículo 853 del Código Civil que recoge dos motivos:
1.ª Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
2.ª Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.
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