Comprar entradas para un concierto mientras trabajas puede salirte muy caro: te pueden despedir sin indemnización
Acceder a la venta desde el trabajo puede derivar en una sanción o un despido si incumples las normas de la empresa

Paro tras un despido disciplinario: lo que debes saber según la Seguridad Social / Eva Abril
Hoy en día, el uso de internet forma parte del día a día de millones de trabajadores. Sin embargo, esa misma conectividad que facilita la productividad también abre la puerta a distracciones que pueden tener consecuencias legales y laborales. Consultar redes sociales, hacer compras online o realizar gestiones personales durante la jornada es una práctica habitual, pero no siempre está permitida.
Las empresas, cada vez más, establecen normas claras sobre el uso de herramientas corporativas y el tiempo de trabajo. En muchos casos, los convenios o reglamentos internos especifican que los dispositivos proporcionados por la empresa deben utilizarse exclusivamente con fines profesionales. Incumplir estas normas, aunque sea por unos minutos, puede dar lugar a sanciones disciplinarias si se considera una falta de rendimiento o un uso indebido de los recursos.
Comprar entradas
En este contexto, una situación aparentemente inofensiva como comprar entradas para un concierto puede convertirse en un problema serio. Bajo un enfoque estrictamente laboral, dedicar parte de la jornada a acceder a páginas web de venta de entradas, esperar en colas virtuales o completar una compra implica dejar de realizar las tareas propias del puesto. Esto puede interpretarse como una interrupción injustificada del trabajo, especialmente si coincide con momentos de alta actividad o responsabilidades concretas.

Comprar entradas en el trabajo puede salir caro: así te pueden despedir sin indemnización / INFORMACIÓN
Sanción o despido
El escenario es fácil de imaginar: las entradas para un artista muy demandado salen a la venta a una hora concreta, y el trabajador decide anticiparse accediendo a la plataforma minutos antes para asegurarse un lugar en la cola virtual. Durante ese tiempo, permanece pendiente de la pantalla, refrescando la página o esperando su turno, lo que supone una dedicación exclusiva a una actividad ajena a sus funciones laborales. Si en ese momento un superior detecta esta conducta, puede iniciar un procedimiento disciplinario.
Las consecuencias pueden ir desde una advertencia o sanción leve hasta un despido disciplinario, dependiendo de la gravedad, la reiteración y la normativa interna de la empresa. En los casos más estrictos, si se considera una transgresión de la buena fe contractual o un abuso de confianza, el despido podría realizarse sin derecho a indemnización. La clave está en que el trabajador ha utilizado tiempo de trabajo para fines personales sin autorización.
Ordenador del trabajo
Además, el uso de dispositivos corporativos agrava la situación. Si el ordenador pertenece a la empresa y existe una política clara de uso profesional, el empleador puede revisar el historial de navegación para comprobar qué actividades se han realizado durante la jornada. Esta supervisión, siempre que esté justificada y comunicada previamente, puede servir como prueba en un expediente disciplinario. Es decir, incluso si el jefe no detecta la conducta en el momento, puede hacerlo posteriormente.
Otro aspecto relevante es que la normalización de estas prácticas no las convierte en legales o aceptables. El hecho de que “todo el mundo lo haga” no exime de responsabilidad. Cada empresa puede aplicar sus propias normas y tolerancia, pero en entornos más estrictos o regulados, este tipo de conductas pueden tener consecuencias inmediatas.
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