Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Secciones

El Tribunal Supremo pone freno a los ficheros de morosos: ya no bastará con una deuda dudosa

Los bancos deberán acreditar con detalle el origen, la cuantía y la exigibilidad antes de incluir a un cliente en listas como Asnef

El Supremo endurece los requisitos para la inclusión en los registros de morosos.

El Supremo endurece los requisitos para la inclusión en los registros de morosos. / FREEPIK

J. A. Giménez

J. A. Giménez

Entrar en un registro de morosos ya no será tan fácil para bancos y financieras. El Tribunal Supremo ha endurecido los requisitos y ha dejado claro que no se puede incluir a una persona de forma automática sin demostrar con precisión la deuda.

La clave está en una sentencia del pasado 19 de marzo, en la que la sala de lo civil da la razón a una clienta que había sido incluida en el fichero Asnef por el Banco Sabadell. El alto tribunal concluye que no se probó que existiera una deuda “cierta, vencida y exigible”, un requisito imprescindible para este tipo de registros.

“Intromisión ilegítima” en el derecho al honor

El fallo va más allá del caso concreto. El Supremo subraya que las entidades deben identificar con claridad el origen de la deuda, su cuantía exacta y las circunstancias que justifican su reclamación. Sin esa base, incluir a alguien en un fichero de morosos supone tratarlo como tal sin serlo, lo que constituye una “intromisión ilegítima” en su derecho al honor.

En este caso, el banco alegaba que la clienta había generado descubiertos por impagos de un préstamo personal. Sin embargo, los magistrados desmontan esa versión: no había documentación que acreditara la deuda ni permitiera concretar su origen o exigibilidad.

Un cambio "sustancial"

El impacto de la sentencia puede ser amplio. El abogado José Ignacio Navas, socio director del bufete Navas & Cusí, lo resume así: el cambio es “sustancial”. Hasta ahora, la inclusión en estos registros funcionaba como una herramienta de presión para forzar el pago. A partir de ahora, las entidades deberán justificarlo con pruebas sólidas.

Las cifras dan una idea de la dimensión del problema. En España hay unos cuatro millones de personas en registros de morosos, y según estimaciones del propio letrado, hasta un millón podrían estar incluidos de forma irregular con los nuevos criterios fijados por el Supremo.

El mensaje es claro: no basta con reclamar una deuda. Hay que demostrarla. Y hacerlo bien.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents