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Condenan a una empresa a indemnizar con 3.000 euros a una trabajadora por negarle un horario para cuidar a sus hijos

La Justicia refuerza el derecho a la conciliación y obliga a conceder un turno fijo de mañana a una empleada en Murcia

La empresa deberá indemnizar con 3.000 euros a la empleada por negarle la conciliación familiar.

La empresa deberá indemnizar con 3.000 euros a la empleada por negarle la conciliación familiar. / INFORMACIÓN

EFE

Negar un cambio de horario para cuidar a los hijos puede salir caro. Un juzgado de lo Social de Murcia ha condenado a una empresa a indemnizar con 3.000 euros a una trabajadora por rechazar su solicitud de jornada adaptada para conciliar su vida familiar.

La sentencia no solo impone esa compensación económica, sino que además obliga a la empresa a concederle un turno fijo de mañana, de 6:00 a 14:00 horas, sin rotaciones.

El motivo: cuidar a sus hijos

La empleada había solicitado en octubre de 2025 ese horario para poder atender a sus dos hijos, de nueve años y apenas cuatro meses. La empresa, sin embargo, denegó la petición alegando que supondría un perjuicio para la organización interna y el equilibrio del equipo.

Pero el juzgado no ha dado por válidos esos argumentos.

Sin pruebas, no hay justificación

La resolución considera que las razones de la empresa “no son de recibo”, ya que no estaban respaldadas por datos concretos que acreditaran ese supuesto impacto organizativo.

Además, hay un elemento clave: la empresa no compareció en el procedimiento, lo que impidió al juez valorar si existía realmente un conflicto entre las necesidades del negocio y el derecho de la trabajadora.

Un derecho cada vez más protegido

El fallo reconoce el derecho de la empleada a adaptar su jornada y deja un mensaje claro: las empresas deben justificar de forma precisa cualquier negativa a la conciliación.

No basta con alegar problemas organizativos de forma genérica. Es necesario demostrarlo.

Un aviso para las empresas

La sentencia refuerza una tendencia creciente en los tribunales: la protección del derecho a la conciliación laboral y familiar.

En la práctica, supone un aviso directo para las empresas: rechazar este tipo de solicitudes sin argumentos sólidos puede acabar en condena económica… y en la obligación de conceder el horario solicitado. Porque, cada vez más, la conciliación no es una opción. Es un derecho.

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