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Devoluciones a los mutualistas en la declaración de la Renta: plazos y fechas para reclamar el dinero

Miles de jubilados pueden pedir la devolución del importe que tributaron erróneamente dos veces

Paso a paso: cómo pedir la devolución del IRPF si eres mutualista y estás jubilado

Paso a paso: cómo pedir la devolución del IRPF si eres mutualista y estás jubilado / Eva Abril

EFE

Una sentencia del Tribunal Supremo de 2023 puso en alerta a miles de mutualistas, ya que dictaminó que los jubilados que cotizaron en las antiguas mutualidades profesionales entre 1967 y 1978 pueden reducir sus rendimientos del trabajo en la declaración de la Renta para evitar la doble tributación por sus aportaciones a estas mutualidades y que no pudieron deducirse en su momento.

El Ministerio de Hacienda modificó en varias ocasiones el procedimiento de devolución, que todavía está abierto para los ejercicios 2021 y 2022 -las cantidades correspondientes a los ejercicios 2023 y 2024 se abonaron en las correspondientes campañas de la Renta-, aunque el procedimiento varía en función de la situación administrativa del pensionista.

La directora del Departamento de Gestión de la Agencia Tributaria, Rosa Prieto, ha asegurado este miércoles que ya se han tramitado “total o parcialmente” el 95 % de las reclamaciones de devolución del IRPF de estos mutualistas por los impuestos abonados de más entre 2019 y 2022.

"Ya se ha tramitado todo lo que es automatizable" y, lo que queda, es lo que requiere tramitación manual, ha explicado.

Plazos todavía activos para poder reclamar las devoluciones

Los antiguos mutualistas que presentaron la solicitud de devolución entre el 2 de abril y el 26 de julio de 2025 no tienen que hacer nada, ya que este formulario es suficiente para gestionar las devoluciones de todos los ejercicios pendientes.

Sin embargo, los formularios entregados antes del 22 de diciembre de 2024 quedaron sin efecto, por lo que será necesario presentar uno nuevo, disponible en la página web de la Agencia Tributaria. Para ello, estos contribuyentes tienen de plazo hasta 4 años y 217 días después de la fecha de presentación de la primera solicitud.

En el caso de contribuyentes que todavía no han presentado ningún tipo de solicitud, el plazo para entregar el formulario con efecto en los ejercicios 2021 y 2022 continuará abierto hasta el 2 de febrero de 2027, mientras que si solo se limita al ejercicio 2022 se extiende hasta el 2 de febrero de 2028.

Cómo solicitar la devolución

Los mutualistas pueden comprobar su situación y presentar la solicitud de devolución a través del portal de la Agencia Tributaria. El procedimiento es sencillo: deben acceder a la sede electrónica de la AEAT con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN, entrar en el apartado específico de "Mutualistas: solicitudes de devolución" y rellenar el formulario oficial. Es necesario indicar los datos personales, el año o años a reclamar y una cuenta bancaria para recibir la devolución.

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