Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social: “Cada 5 años trabajados como Policía Local pueden adelantar un año su jubilación”
La jubilación anticipada de la Policía Local permite rebajar la edad ordinaria, pero solo si se cumplen varios requisitos de cotización y servicio efectivo

Matías Segarra
La jubilación anticipada de la Policía Local vuelve a despertar interés entre miles de funcionarios que quieren saber con exactitud cuándo pueden retirarse y en qué condiciones. Aunque esta posibilidad existe desde hace años, sigue generando muchas dudas, sobre todo por los requisitos exigidos, los límites de edad y la forma de calcular la reducción.
Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, ha resumido de forma clara una de las claves del sistema: “Cada 5 años trabajados como Policía Local pueden adelantar un año su jubilación”.
Desde el 2 de enero de 2019, los miembros de la Policía Local pueden acceder a la jubilación anticipada a una edad inferior a la ordinaria. Sin embargo, esta ventaja no se aplica de forma automática. La norma exige cumplir unas condiciones concretas, tanto de cotización como de situación laboral, dentro del sistema de la Seguridad Social.
Requisitos para acceder a la jubilación anticipada
Para poder pedir la jubilación anticipada de la Policía Local, el trabajador debe acreditar al menos 15 años de servicio efectivo como Policía Local. Además, tiene que estar en alta o en situación asimilada al alta y cumplir el resto de condiciones generales exigidas por la Seguridad Social.
La reducción de la edad se calcula aplicando un coeficiente reductor del 0,20 sobre los años completos trabajados. En la práctica, esto significa que por cada cinco años completos en el cuerpo se puede adelantar un año la jubilación.
Eso sí, hay un límite. La norma establece que la jubilación anticipada no puede adelantarse más de cinco años respecto a la edad ordinaria. Solo en los casos de carreras muy largas de cotización como Policía Local se puede llegar a seis años antes. Para 2026, ese umbral se sitúa en 36 años y medio cotizados como Policía Local.
Cómo se calcula
Uno de los puntos más importantes es saber primero cuál es la edad ordinaria de jubilación. En 2026, quien tenga 38 años y 3 meses o más cotizados podrá jubilarse a los 65 años. En cambio, quien no llegue a esa cifra tendrá una edad ordinaria de 66 años y 10 meses.
A partir de ahí se aplica la reducción por los años trabajados como Policía Local. Pero hay un detalle técnico importante: los años bonificados sirven para calcular el porcentaje de la pensión, pero no para fijar la edad ordinaria de jubilación. Para eso solo cuentan los años realmente cotizados.

Descubre si cumples este requisito para poder recibir hasta 3 años “extra” de cotización / Eva Abril
También existe una cotización adicional del 10,8% mientras el funcionario está en activo. De ese total, el 8,84% lo asume la administración y el 1,76% corre a cargo del propio trabajador.
Así puedes resolver las dudas
Con este ejemplo sencillo podrás resolver tus dudas. Un trabajador con 38 años y 3 meses cotizados en total, de los cuales 25 años son como Policía Local, tiene su edad ordinaria en 65 años. Como puede rebajar cinco años, podrá jubilarse a los 60 años con el 100% de la pensión.
En otro caso, si un trabajador suma 34 años cotizados en total y 25 como Policía Local, su edad ordinaria será de 66 años y 10 meses. Al restar cinco años, podría jubilarse con 61 años y 10 meses.
La jubilación anticipada de la Policía Local depende de una combinación precisa entre edad ordinaria, años cotizados y tiempo trabajado en el cuerpo. Por eso, antes de presentar la solicitud, el paso decisivo es calcular primero la edad legal que corresponde en cada caso y después aplicar la reducción permitida por la norma.
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