Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Secciones

La advertencia de la abogada Laura Lobo a los padres divorciados: grabar a tus hijos con el otro progenitor no siempre es legal

La experta en derecho de familia explica por qué estas conversaciones pueden quedar fuera del procedimiento judicial durante una separación

La prueba que muchos padres quieren conseguir en un divorcio pero que puede no servir ante el juez

Agencia ATLAS

Cuando una pareja inicia un divorcio, especialmente si es contencioso, las dudas legales se multiplican. Reparto de tiempos, uso de la vivienda, pensiones, custodia o comunicaciones entre progenitores pasan a analizarse con lupa. En ese escenario, muchas personas intentan adelantarse a un posible conflicto judicial buscando pruebas, guardando mensajes, reuniendo documentos o tratando de demostrar comportamientos que consideran perjudiciales. El problema llega cuando esa necesidad de protegerse choca con límites legales.

Si hay un terreno donde aparecen más preguntas que respuestas, ese es todo lo relacionado con los hijos. Qué puede decidir un progenitor sin el otro, cómo actuar si el menor cuenta algo inquietante, cuándo acudir al juzgado o qué pruebas pueden usarse son cuestiones que preocupan. No es raro que, en medio de una separación difícil, uno de los padres sospeche que el otro está influyendo de forma negativa en los hijos o lanzando mensajes contra él. Y justo ahí surge una tentación frecuente: grabar esas conversaciones para llevarlas después al juicio. Pero lo que parece una medida de autoprotección puede convertirse en un serio problema legal.

Grabaciones

La abogada experta en derecho de familia Laura Lobo explica que “muchas veces, cuando estamos en un divorcio contencioso o en una modificación de medidas y sospechamos que alguno de los progenitores comenta a los hijos cosas que no están bien o que perjudican al otro o cosas con las que no estamos de acuerdo, la otra parte de la pareja se siente tentada de grabar esas conversaciones para posteriormente aportarlas en el juicio, pero esto no se puede hacer”.

Derecho a la intimidad

La clave jurídica está en distinguir entre grabar una conversación propia y grabar una conversación ajena. En términos generales, la doctrina y la práctica judicial admiten que una persona pueda grabar una conversación en la que ella misma participa, pero no interceptar ni registrar una conversación de terceros en la que no interviene. El artículo 18 de la Constitución protege el derecho a la intimidad y garantiza el secreto de las comunicaciones, mientras que la Ley Orgánica 1/1982 refuerza la protección civil frente a intromisiones ilegítimas en la vida privada.

EPP 52913396 Sociedad divorcios Parejas rotas se ven obligadas a continuar juntas para llegar a fin de mes EL PRECIO DE VIVIR CON TU EX El alquiler por las nubes y el jornal por los suelos Estas son las causas de una tendencia poco frecuente pero creciente en las capitales espanolas En la foto Marta y Javi de Barcelona

Divorcio e hijos: la duda sobre las grabaciones que puede volverse en contra de un progenitor / CAS_DELEGACIONES

No se pueden grabar las conversaciones que tengan terceras personas, nuestros hijos con su padre, su madre u otra persona; solo es posible grabar y aportar en un juicio las conversaciones en las que intervenimos nosotros mismos”, asevera la letrada. Esa diferencia es esencial, porque marca la frontera entre una posible prueba y una intromisión ilegítima.

Lobo advierte de que, “en el caso de que algo se haya dicho en esas conversaciones, no se podrá aportar la conversación en sí porque supone una violación del derecho a la intimidad y a la comunicación de las personas, por lo que no será una prueba válida”.

Así, si un progenitor cree que el otro está perjudicando a los hijos o manipulando su relación familiar lo recomendable es, según la abogada, "buscar otros medios probatorios que permitan hacerlo”. Eso abre la puerta a vías mucho más seguras desde el punto de vista procesal, como informes psicosociales, exploración judicial del menor cuando proceda, testificales, comunicaciones propias sí válidamente obtenidas, mensajes directos entre progenitores, periciales o incluso la intervención de profesionales especializados.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents