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Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, plantea si debería haber jubilación con menos de 15 años cotizados

La ley exige un mínimo de cotización para acceder a la pensión contributiva de jubilación

La Seguridad Social fija la pensión contributiva máxima: ¿cuánto se puede cobrar?

Lucía Feijoo Viera

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Laura Morote

Laura Morote

Cobrar una pensión de jubilación en España no depende solo de cumplir la edad legal de jubilarse. La Ley General de la Seguridad Social exige también haber cotizado un mínimo de 15 años a lo largo de la vida laboral. Además, dos de esos años deben estar incluidos dentro de los 15 años anteriores al momento de solicitar la pensión.

Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, ha explicado en un vídeo que este requisito puede parecer sencillo, pero no siempre lo es. Muchas personas llegan a la edad de jubilación con carreras laborales incompletas, empleos temporales o largos periodos sin cotizar.

Qué ocurre si no se alcanzan los 15 años cotizados

La respuesta que ofrece Muñoz es clara: si una persona no llega a los 15 años cotizados, no tiene derecho a una pensión contributiva de jubilación. No se trata de cobrar una cantidad menor. Directamente, la pensión se deniega.

Por eso el funcionario lanza una pregunta que abre el debate: ¿No sería más justo permitir que quienes no alcanzan los 15 años cotizados pudieran cobrar una pensión proporcional?

El sistema actual funciona como un modelo de “todo o nada”. Una persona que ha cotizado 15 años puede acceder a una pensión, aunque sea reducida. En cambio, quien ha cotizado menos tiempo queda fuera de la pensión contributiva, aunque le falten solo unos meses para alcanzar el mínimo exigido.

Muñoz recuerda que en los últimos años se han introducido algunas medidas para facilitar el acceso a la pensión. Por ejemplo, el trabajo a tiempo parcial se equiparó a efectos de jubilación, y también existen bonificaciones para mujeres trabajadoras, como los 112 días de cotización por parto. Sin embargo, estas medidas no siempre son suficientes para quienes han tenido trayectorias laborales más complicadas.

Cuando una persona sí alcanza los 15 años cotizados, su pensión puede ser baja. En esos casos, si cumple determinados límites de ingresos, puede acceder al complemento a mínimos. En el vídeo, Muñoz menciona cuantías de referencia como 888 euros mensuales con cónyuge no a cargo, 936 euros sin cónyuge o 1.256 euros con cónyuge a cargo.

Para quienes no llegan al mínimo de cotización, la alternativa habitual es solicitar una pensión no contributiva de jubilación. Pero esta prestación también exige cumplir varios requisitos. Entre ellos, tener 65 años o más, haber residido legalmente en España durante al menos 10 años y no superar ciertos límites de ingresos.

El problema aparece cuando la persona convive con alguien que sí tiene ingresos. Muñoz pone como ejemplo un matrimonio en el que ella no llega a los 15 años cotizados y él cobra una pensión. Si los ingresos del hogar superan el límite permitido, ella no podría acceder a una pensión no contributiva. En ese caso, el complemento podría aplicarse a la pensión del marido, pero ella seguiría sin una pensión propia.

Alfonso Muñoz se centra en si el sistema debería reconocer de alguna forma esos años cotizados, aunque no lleguen al mínimo legal. La cuestión afecta a personas que han trabajado, cuidado o tenido empleos intermitentes, pero que al llegar a la jubilación no cumplen el requisito de los 15 años cotizados.

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