Cuidado con recibir paquetes personales en la oficina: puede costarte una sanción
La empresa puede limitar esta práctica por motivos de organización, seguridad o cumplimiento de normas internas

¿Esperas un pedido? Podrías ser la próxima víctima de la estafa del paquete fantasma / Eva Abril
Recibir paquetes personales en el centro de trabajo se ha convertido en una práctica cada vez más habitual. El auge de las compras online, los horarios de reparto y la dificultad para estar en casa durante la jornada laboral llevan a muchos empleados a poner la dirección de la empresa como punto de entrega. En algunos casos se trata de algo puntual y sin consecuencias; en otros, puede generar molestias, problemas de seguridad o una carga extra para recepción, conserjería o administración.
La ley no impide de forma general que una persona reciba un envío particular en la oficina. Sin embargo, eso no significa que el trabajador pueda hacerlo siempre y sin límites, porque la empresa sí puede establecer normas internas de organización y seguridad que deben respetarse.
Recibir paquetes en el trabajo
La clave está, en primer lugar, en comprobar si la empresa lo ha prohibido expresamente. Si existe una norma interna, un protocolo, una circular o una instrucción que impide recibir paquetes personales en el centro de trabajo, el empleado está obligado a cumplirla. El Estatuto de los Trabajadores establece entre los deberes básicos del trabajador cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas, y también recoge que la prestación laboral debe ajustarse a la buena fe y a las instrucciones de la empresa.
El segundo punto importante aparece cuando no existe una prohibición expresa. En ese caso, recibir un paquete aislado no tendría por qué suponer un problema, siempre que no afecte al trabajo ni utilice recursos de la empresa de forma indebida. La situación cambia si el trabajador interrumpe su jornada para gestionar entregas, dedica tiempo laboral a resolver incidencias con repartidores, ocupa espacios comunes con bultos personales o convierte la oficina en un punto habitual de recepción de compras privadas. En esos supuestos, la empresa podría entender que existe una conducta incorrecta y tramitar una falta disciplinaria si considera que se ha producido un perjuicio o una desatención de las funciones.

Paquetes personales en el trabajo: lo que debes saber para evitar una sanción / economia
El tercer elemento que puede agravar la situación es el impacto organizativo. No es lo mismo recibir un sobre o un paquete pequeño de manera puntual que provocar retrasos, confusiones, acumulación de envíos o molestias a otros compañeros. Si el uso particular de la dirección de la empresa obliga a personal de recepción a custodiar paquetes, registrar entregas, avisar continuamente al empleado o asumir responsabilidades sobre objetos que no tienen relación con la actividad laboral, la conducta puede dejar de ser anecdótica. En casos más graves, si se generan problemas relevantes de organización, seguridad o funcionamiento interno, la empresa podría llegar a calificar los hechos como una falta grave o incluso muy grave, siempre conforme a lo previsto en la ley o en el convenio colectivo aplicable.
Multas o sanciones
El régimen sancionador depende de la opinión de la empresa, de la gravedad de los hechos y de lo que establezcan las normas laborales y el convenio. El artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores permite sancionar incumplimientos laborales de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones prevista en las disposiciones legales o en el convenio colectivo aplicable. Eso significa que no cualquier paquete recibido justifica una sanción, pero también que una conducta reiterada, desobediente o perjudicial para la organización puede tener consecuencias. Además, la sanción debe ser proporcional y seguir el procedimiento correspondiente, especialmente si se trata de una falta grave o muy grave.
Sectores peligrosos
Hay sectores en los que la prudencia debe ser aún mayor. En centros con exigencias de seguridad, control de accesos, manipulación de mercancías, protección de datos, actividad sanitaria, logística, industria, alimentación o instalaciones con protocolos estrictos, la recepción de paquetes personales puede estar especialmente limitada o directamente prohibida. La razón elaboral, organizativa y preventiva: un paquete no identificado, ajeno a la actividad de la empresa o recibido sin control puede suponer un riesgo o incumplir normas internas de seguridad.
La recomendación para no meterse en problemas es aplicar sentido común y revisar las normas internas antes de usar la empresa como dirección de entrega.
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