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Ni una semana ni seis meses: la Seguridad Social tiene un plazo máximo de tres meses para aprobar una jubilación

El INSS dispone de un plazo máximo de 90 días para resolver una pensión de jubilación, aunque el tiempo real varía según cada expediente

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Lucía Feijoo Viera

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Marcos Rodríguez

La jubilación es uno de los trámites más importantes para millones de trabajadores y también genera una de las mayores dudas cuando llega el momento de dejar de trabajar, que es cuánto tarda realmente la Seguridad Social en aprobar la pensión. Aun así, conviene distinguir entre el plazo legal máximo y el tiempo habitual de resolución.

La normativa oficial establece que la Seguridad Social dispone de un máximo de 90 días para resolver y notificar una solicitud de pensión contributiva de jubilación. Así aparece recogido en el BOE, en el Real Decreto 286/2003 y en la propia información oficial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Sin embargo, en la práctica, muchas jubilaciones ordinarias se tramitan antes cuando el expediente no presenta incidencias ni requiere comprobaciones adicionales.

La clave está en que no todas las solicitudes son iguales. Hay expedientes sencillos que pueden resolverse en pocas semanas y otros que se alargan durante varios meses por cuestiones administrativas, errores de documentación o cotizaciones complejas.

Tres meses desde que se solicita

La Seguridad Social recuerda que el plazo máximo para dictar resolución en las pensiones de jubilación es de 90 días desde la fecha de presentación de la solicitud. Ese periodo incluye tanto el estudio del expediente como la notificación al interesado.

No obstante, ese límite legal no significa que todas las jubilaciones vayan a tardar tres meses. De hecho, fuentes jurídicas y gestores especializados matizan que muchas solicitudes ordinarias suelen resolverse antes, especialmente cuando se trata de carreras laborales estables y sin incidencias.

Por ejemplo, suelen tramitarse de forma más ágil los expedientes de trabajadores que cumplen características como las siguientes:

  • Han cotizado siempre en España.
  • No tienen periodos en distintos regímenes.
  • Presentan toda la documentación correctamente.
  • No necesitan revisiones adicionales por parte del INSS.

En cambio, los tiempos pueden aumentar en situaciones más complejas, como trabajadores autónomos con incidencias, cotizaciones en el extranjero, lagunas de cotización o casos de pluriactividad.

La Seguridad Social puede solicitar documentación adicional

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo empieza y termina automáticamente. En realidad, la Seguridad Social puede solicitar documentación adicional si detecta algún problema en el expediente, algo que puede retrasar la resolución final.

Entre las causas más frecuentes de demora están:

  • Errores en la vida laboral.
  • Documentos pendientes.
  • Cotizaciones internacionales.
  • Cambios de régimen de cotización.
  • Discrepancias en los periodos trabajados.

Además, el aumento progresivo de jubilaciones por el envejecimiento de la población y la llegada de nuevas generaciones de pensionistas también ha incrementado la carga administrativa del sistema en los últimos años.

La solicitud podría ser rechazada

La normativa contempla el llamado silencio administrativo negativo. Esto significa que, si transcurre el plazo máximo sin resolución expresa, la solicitud puede entenderse desestimada a efectos administrativos, lo que permite iniciar reclamaciones o acudir posteriormente a la vía judicial.

Aun así, expertos en derecho laboral recuerdan que superar ese plazo no implica necesariamente que la pensión vaya a ser denegada. En muchos casos, el expediente continúa en tramitación y acaba resolviéndose semanas después.

Por eso, antes de alarmarse, muchos especialistas recomiendan consultar el estado del expediente en la sede electrónica de la Seguridad Social o a través del portal Importass, donde puede seguirse la evolución de la solicitud prácticamente en tiempo real.

En cualquier caso, el mensaje oficial sigue siendo que el INSS tiene hasta tres meses para resolver una jubilación, aunque el tiempo real depende de cada expediente y muchas solicitudes ordinarias se aprueban bastante antes de ese límite.

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