La advertencia de un abogado si recibes una herencia y estás casado en gananciales: cuidado con Hacienda
El experto David Jiménez explica si ingresar dinero heredado en una cuenta ganancial puede considerarse una donación

Herencias libres de impuestos: el tiempo que debes dejar pasar / Eva Abril
Recibir una herencia suele abrir muchas dudas legales y fiscales. No solo importa cuánto se recibe o qué impuestos hay que pagar, sino también qué ocurre después con ese dinero si el heredero está casado. Una de las preguntas más habituales es si ese patrimonio pasa a ser del matrimonio o sigue perteneciendo solo a quien lo ha heredado.
La confusión aumenta cuando el matrimonio está en régimen de gananciales.En este sistema, muchos bienes obtenidos durante el matrimonio se comparten, pero no todos. Por eso, movimientos cotidianos como ingresar el dinero heredado en una cuenta conjunta pueden generar inquietud ante Hacienda.
Herencia y matrimonio
La duda es sencilla, pero tiene consecuencias importantes: si una persona recibe dinero de una herencia y lo mete en la cuenta común del matrimonio, ¿la Agencia Tributaria puede entender que está donando la mitad a su cónyuge? La respuesta, según el abogado y economista David Jiménez, exige diferenciar entre el origen del dinero y el destino bancario que se le da después.
“Cuando recibes una herencia, ese bien es privativo; por tanto, no pertenece a tu cónyuge. Da igual que sea por herencia o por donación: es literalmente privativo”, afirma el letrado. Es decir, el hecho de estar casado en gananciales no convierte automáticamente una herencia en un bien común. El dinero heredado sigue siendo, en principio, del cónyuge que lo recibe.

¿Puede Hacienda cobrarte por ingresar una herencia en la cuenta del matrimonio? / Canva
¿Tributa como donación?
El experto plantea entonces la cuestión clave: “¿Qué sucede si estoy en gananciales y meto ese dinero que recibo de la herencia en la cuenta común? ¿Hacienda lo considera una donación?”. Su respuesta es clara: “Si estás en gananciales, la respuesta es que no”. Según explica, la aportación de dinero a una sociedad de gananciales no tributa en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
La razón, añade Jiménez, está en la propia naturaleza jurídica de la sociedad de gananciales: “La sociedad de gananciales no es sujeto pasivo de este impuesto y, por tanto, no tributa. Así lo ha dicho la Dirección General de Tributos en consultas vinculantes”.
Ahora bien, que no tribute como donación no significa que convenga actuar sin cautela. En operaciones familiares, lo recomendable es conservar documentos que acrediten el origen del dinero heredado, evitar movimientos confusos y recibir asesoramiento si después se compra un inmueble, se liquida la sociedad de gananciales o existe separación. La clave fiscal está en demostrar que el dinero procede de una herencia y en documentar bien cualquier decisión patrimonial dentro del matrimonio.
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