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"Mi hermano se quedó viviendo en la casa y ahora ya no hay forma de echarle": qué hacer según la abogada Laura Lobo

Existe una solución jurídica si uno de los hermanos se queda en la vivienda familiar tras la muerte de los padres sin pagar alquiler ni compensar al resto de herederos

¿Qué pasa con con las cuentas bancarias cuando alguien fallece? Laura Lobo, experta en herencias, resuelve la duda

¿Qué pasa con con las cuentas bancarias cuando alguien fallece? Laura Lobo, experta en herencias, resuelve la duda / Eva Abril

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Carmen Tomàs

Carmen Tomàs

"Mi hermano se quedó viviendo en la casa y ahora ya no hay forma de echarle", cuenta la abogada experta en herencia y familia Laura Lobo a razón de alguna de las consultas que recibe. Cuando uno de los hermanos se queda en la vivienda familiar tras la muerte de los padres sin pagar alquiler ni compensar al resto de herederos, el “desahucio por precario” puede ser una solución. Así lo señala Lobo, que advierte de que estos casos son habituales cuando el hijo ya vivía con los progenitores en el momento del fallecimiento.

Contemplado en el artículo 250.1.2º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el desahucio por precario es la acción que puede ejercitar el propietario de un bien inmueble (en este caso, el resto de los hermanos) cuando la persona que lo uso está en situación de precario y no quiere devolver su posesión. Según señalan desde Simarro Abogados, también “puede recurrir al desahucio cualquier otra persona que tenga un título legal que la habilite para usar la finca, por ejemplo un derecho de usufructo o un contrato de arrendamiento”.

El concepto de "precario"

Desde el bufete también señalan que el concepto “precario” aquí debe ser leído según su definición jurídica: “La jurisprudencia ha ido definiendo el concepto de precario, de forma que en la actualidad se contemplan no solo los casos en los que se detenta de forma gratuita una finca que es ajena simplemente por liberalidad o bien porque quien tiene derecho a su posesión lo tolera, sino todas aquellas situaciones en las que el demandado usa el inmueble sin derecho a poseerlo, por no contar con un título a tal efecto (derecho que nunca se ha tenido o se ha perdido)”.

De este modo, como señala Lobo, el desahucio por precario sería la acción que correponde cuando se ha permitido a un hermano vivir en una casa de forma temporal y esta se niega a abandonarla. Para aplicarlo hay que seguir una serie de pasos y cumplir unos requisitos específicos.

¿Cómo aplicar el desahucio por precario?

Según los expertos jurídicos, para iniciar este procedimiento se debe presentar una demanda en el juzgado de primera instancia. Lo primero que deberá demostrar el demandante es que es la persona a la que le corresponde el uso dle bien, por un título de propiedad, usufructo, etcétera. Además, también deberá acreditar que se ha requerido la devolución de la finca.

Tal y como señalan fuentes jurídicas, no se admitirá la demanda si no se especifica: si el inmueble es la vivienda habitual del ocupante, si el demandante tiene la condición de gran tenedor de vivienda.

Según Simarro Abogados, si se admite el desahucio por precario, el demandado tiene "un plazo de 20 días hábiles para abandonar el inmueble, procediendo al lanzamiento en caso contrario".

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