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Confirmado por el BOE: esta es la nueva regulación del Bono Cultural Joven y sus cuantías

El nuevo Real Decreto incluye cursos y talleres de contenido cultural, instrumentos musicales, medios de creación artística y material artístico

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Sara Fernández

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Carmen Tomàs

Carmen Tomàs

El Boletín Oficial del Estado ha publicado mediante el Real Decreto 401/2026, de 20 de mayo la nueva regulación del Bono Cultural Joven. Se establece así la actualización de las normas reguladoras de esta ayuda destinada a jóvenes que cumplan 18 años durante el año de la convocatoria. Sobre las novedades, el nuevo Real Decreto incluye cursos y talleres de contenido cultural, instrumentos musicales, medios de creación artística y material artístico.

Con carácter individual, personal e intransferible, la ayuda mantiene la cuantía máxima de antes de la nueva regulación por persona beneficiaria, que se concede una sola vez. El objetivo del programa es facilitar el acceso a los jóvenes a productos, servicios y actividades culturales ofrecidos por las entidades adheridas.

Quién puede solicitar el Bono Cultural Joven

Podrán ser beneficiarias las personas que cumplan 18 años durante el año en el que se publique la correspondiente convocatoria y que tengan nacionalidad española o residencia legal en España.

También se contemple el acceso a solicitantes de asilo, de protección temporal y jóvenes extranjeros extuteladas que se encuentren en trámites de obtención del permiso de residencia, siempre que presenten la documentación acreditativa correspondiente.

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Cuánto dinero te dan con el Bono Cultural Joven

El Bono Cultural Joven tendrá un importe máximo de 400 euros por persona beneficiaria. La ayuda se concede por una sola vez y debe destinarse a la adquisición de los productos, servicios y actividades culturales previstos en el real decreto.

Una vez concedida la ayuda el dinero se abonará en una tarjeta prepago virtual. De forma excepcional, podrá emitirse una tarjeta física cuando la persona beneficiaria no disponga de un dispositivo móvil compatible.

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¿En qué se puede gastar el Bono Cultural Joven?

La regulación de este 2026 introduce dos modalidades de uso y los jóvenes solicitantes deberán elegir una de ellas en el momento de presentar la solicitud, ya que ambas son incompatibles entre sí.

Primera modalidad

  • Hasta 200 euros para artes en vivo y audiovisuales, patrimonio cultural, medios de creación artística y material artístico. Esta categoría incluye, entre otros gastos, entradas y abonos para actividades culturales, cursos presenciales relacionados con la cultura, instrumentos musicales, partituras, cámaras fotográficas y programas informáticos orientados a la creación artística.
  • Hasta 100 euros para productos culturales en soporte físico, como libros, revistas, prensa, videojuegos, discos, CD, DVD o Blu-ray.
  • Hasta 100 euros para consumo digital o en línea, como suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura, audiolectura o audiovisuales, audiolibros, libros digitales, música digital, pódcast, videojuegos en la nube, cursos en línea sobre materias culturales y suscripciones digitales a prensa o revistas.

Segunda modalidad

La segunda modalidad permite destinar el importe completo, hasta 400 euros, a una única categoría centrada en cursos y talleres de contenido cultural, instrumentos musicales, medios de creación artística y material artístico.

Una imagen del videojuego de Indiana Jones para PS5.

Una imagen del videojuego de Indiana Jones para PS5. / INFORMACIÓN

¿Qué queda fuera del bono?

Existen productos y actividades excluidos por este Real Decreto. Y es que no serán subvencionales ni la artesanía, ni la obra plástica y gráfica o los productos de papelería de uso administrativo o general, los libros de texto curriculares, los equipos informáticos, la moda, la gastronomía ni los contenidos calificados como X o pornográficos.

Tampoco se incluyen equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica, salvo los programas profesionales necesarios para la creación artística.

Cómo solicitar el Bono Cultural Joven

La solicitud se realizará por medios electrónicos, a través de la aplicación informática específica del Bono Cultural Joven. El plazo será el que establezca cada convocatoria y no podrá superar los seis meses.

Las solicitudes se tramitarán por orden de presentación y las ayudas se concederán hasta agotar el crédito presupuestario previsto en cada convocatoria. La convocatoria deberá publicarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto en el BOE.

Cabe destacar que el Bono Cultural Joven es compatible con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos procedentes de cualquier administración pública. Si bien esta ayuda tributa en el IRPF, no computará para el cálculo de umbrales de renta y patrimonio familiar en becas, ayudas al estudio u otras ayudas públicas, incluidas el Ingreso Mínimo Vital.

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¿Hay tiempo para usarlo?

Según confirma el BOE, las actividades y gastos subvencionables deberán realizarse en el plazo máximo de un año desde la resolución de concesión de la ayuda, por lo que sí, hay un tiempo límite para usar el Bono Cultural Joven.

Si transcurre ese plazo sin que la persona beneficiaria haya agotado el importe concedido, el bono se desactivará automáticamente y los importes no utilizados deberán devolverse al Tesoro Público.

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