Ya es oficial: el BOE recoge que a partir del 28 de agosto cambia la pensión de los jubilados que vuelvan a trabajar
La medida aprobada por el Gobierno también incluye a aquellos trabajadores que quieran reincorporarse al mercado laboral como autónomos

El gasto en pensiones alcanza la cifra récord de 14.366 millones de euros en mayo, un 6,1% más / Europa Press
Ahora será un poco más fácil volver al mercado laboral. El Gobierno ha aprobado recientemente una reforma de la jubilación flexible, destinada a aquellas personas que ya están cobrando una pensión contributiva y quieren volver a trabajar. Esta modalidad les permitirá cobrar una parte de la pensión y el sueldo de un trabajo remunerado.
La reforma tiene como objetivo que profesionales con experiencia, y con buen estado físico, puedan seguir aportando valor en distintas profesiones. La edad de jubilación ha ido aumentando progresivamente en nuestro país, pero también la esperanza de vida, por lo que las pensiones se pagan durante más tiempo, con el consiguiente gasto para el Estado. Con la jubilación flexible se persigue aligerar este gasto y que los pensionistas puedan mejorar sus ingresos.
Novedades de la jubilación flexible
Esta reforma cuenta con varias novedades que hay que destacar:
- La jubilación flexible deja de estar limitada al trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial.
- Los trabajadores autónomos también pueden acogerse a este retiro siempre que no hayan estado dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante los tres años anteriores a su jubilación. En ese caso, podrán compatibilizar su actividad con el cobro de hasta el 25% de la pensión.
- Para los asalariados, la jornada compatible se amplía y podrá situarse entre el 33 y el 80 % de una jornada completa. Antes, la horquilla iba del 25 al 75 %. La pensión se reducirá en proporción inversa a la jornada trabajada: cuanto mayor sea la jornada, menor será la parte de pensión que se cobre durante ese periodo.
- Desaparece el periodo mínimo de espera para acogerse a esta modalidad. Es decir, una vez reconocida la pensión de jubilación, la persona podrá solicitar la jubilación flexible en cualquier momento si cumple los requisitos.
Cuándo entra en vigor la reforma de la jubilación flexible
Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la norma entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y esto tuvo lugar el pasado 28 de mayo. Por tanto, la norma estará en vigor el 28 de agosto de 2026.
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