La abogada Laura Lobo lo confirma: esta es la prueba que puedes aportar si tu ex no paga la pensión pero "vive mejor que tú"
En algunas ocasiones quien debe pasar el dinero de manutención declara no tener ningún ingreso o pocos con el fin de no aportar la mensualidad requerida

Laura Lobo, especialista en herencias, avisa de que se puede demostrar el nivel de vida de tu ex en el juicio. / INFORMACIÓN
Es un caso más habitual de lo que parece: una madre se encuentra con la situación en la que deja de recibir la pensión correspondiente a los hijos que debería ingresar el ex, y a su vez observa ya sea a través de redes sociales o testimonios directos, que este mantiene un nivel de vida muy por encima al de los hijos.
"Mi ex dice que no tiene dinero pero vive mejor que yo": así resume algunos de los casos que le han llegado la abogada experta en familia y herencias Laura Lobo.

Laura Lobo. / INFORMACIÓN
Desde el bufete Safe Abogados, además, señalan que solo puedes dejar de pagar la pensión de alimentos o reducir lo que pagas cuando un juez así lo diga en una sentencia. Es decir, si una sentencia dice qeu tu ex tiene que pagar una pensión compensatoria de 200 euros al mes y este deja de pagarlo no es legal, necesitaría una modificación de medidas ante el juez, "para lo cual necesita abogado y procurador". No importa que sea porque se ha quedado en el paro o porque su situación económica ha cambiado de otro modo: necesita la modificación del juez sí o sí.
Dinero no declarado
Según Laura Lobo, existen casos en los que los ex tienen dinero no declarado, de forma que cuando se pide la documentación en el juicio "no tienen ingresos o estos son muy bajos", señala la letrada. Esto provoca que el nivel y posibilidad de vida real no se corresponden con los ingresos (o no ingresos) que dicen tener.
En este sentido, Laura Lobo señala que es posible probarlo en el juicio y se puede aportar "cualquier clase de prueba que acredite el estilo de vida de una persona".
Qué hacer si tu ex deja de pagar
Desde Safe Abogados señalan que no pagar la pensión de alimentos está tipificado como delito en el artículo 227 del Código Penal, es un delito "de omisión" por abandono de familia. Indican además que si tu ex deja de pagar la pensión de alimentos o compensatoria, existen dos opciones: "Ir al juzgado con abogado y procurador y solicitar la ejecucion de la sentencia via civil que es la via mas facil para cobrar lo que te deben" o "Ir al juzgado y denunciar por la via penal, sin abogado y procurador, pero que tarda una media de 2 años en resolverse, y si se demuestra que tu ex no paga no porque no quiere, sino porque no tiene, no sirve absolutamente para nada".
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