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Es oficial: estas son las normas de uso de las piscinas comunitarias según la Ley de Propiedad Horizontal

Vivir en una urbanización donde se pueda disfrutar de un baño en verano mejora la calidad de vida, aunque este disfrute no está exento de obligaciones

Esto es lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre las piscinas comunitarias.

Esto es lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre las piscinas comunitarias. / Pexels

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Carmen Tomàs

Carmen Tomàs

A todos nos gusta darnos un chapuzón en verano, sobre todo en zonas donde el calor aprieta especialmente. Tener la oportunidad de bañarse en una piscina ubicada en la vivienda se convierte en un lujo que mejora, con diferencia, la calidad de vida de los vecinos y vecinas de comunidades que cuentan con ella. Y, como todo derecho de propietarios e inquilinos, también existen unas obligaciones reflejadas en la Ley de Propiedad Horizontal 2026, que establece normas generales de uso y derechos sobre el disfrute de las piscinas comunitarias.

Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal

A través del artículo 6 de la Ley de Propiedad Horizontal se establece que los propietarios tienen la facultad de regular los detalles de convivencia vecinal así como el uso adecuado de los servicios comunes. Dentro de estas regulaciones, que generalmente estarán reflejadas en los estatutos de la comunidad, están expuestas las normas y derechos en relación a la piscina comunitaria, de contar la urbanización con ella.

En relación a estas normas, cualquier cambio, aclaración o establecimiento de las mismas debe debatirse formalmente entre los miembros de la comunidad en una junta de propietarios donde se discuta la propuesta, que deberá ser sometida a votación. Dentro de estas juntas las votaciones sobre la vestimenta establecida en la piscina, así como la temporada de uso de la misma son cuestiones que se debatirán dentro de cada comunidad de propietarios, por lo que las normas no son universales.

Sin embargo, a pesar de que la junta de cada comunidad siempre tendrá el poder final de decisión sobre estos pequeños detalles (es decir, la mayoría de voto de la comunidad de vecinos), hay ciertas normas con respecto al uso de las piscinas que suelen calificarse de "generales" pero se deciden en junta, con matices dentro de cada comunidad, y otras que son obligatorias según las Comunidades Autónomas.

Una de las normas generales reflejadas en el Real Decreto 742/2013 tiene relación con la salud y establece que el pH básico del agua debe estar comprendido entre 7,2 y 8,0.

Los horarios de acceso a las piscinas

A través de mayoría simple en la junta de vecinos se establecerá el horario de uso y disfrute de la piscina comunitaria. Generalmente, en España las comunidades establecen el horario de baño entre las 8.00 de la mañana y las 22 horas como límite máximo.

Por norma general el uso de las piscinas comunitarias es de 8 de la mañana a 22 horas de la noche.

Por norma general el uso de las piscinas comunitarias es de 8 de la mañana a 22 horas de la noche. / Pexels

¿Puedes llevar invitados a la piscina?

El derecho al uso de las piscinas de la comunidad está reflejada en los estatutos de cada comunidad y estos suelen dividirse en tres tipologías según lo aprobado en la junta: algunas comunidades prohíben el uso total a invitados, otras no establecen ningún tipo de restricción y la mayoría de las comunidades, por otro lado, sí permiten llevar invitados a la piscina pero con un número máximo de personas.

Aforo máximo y edad para el baño

Desde el portal Fotocasa se han arrojado datos referentes al aforo máximo y edad para el baño establecido en la mayoría de las comunidades: la mayoría dereglamentos internos aprobados en la junta lo sitúan en un máximo del 75% de la capacidad total de las piscinas.

Con respecto a la edad mínima en la que los niños pueden bañarse solos en la piscina, la legislación mantiene un vacío legal, aunque la costumbre en las comunidades es prohibir que los menores de 14 años utilicen la piscina si no están acompañados o supervisados (familiares o adultos responsables más allá de los socorristas presentes).

La piscina de una urbanización.

La piscina de una urbanización. / Pexels

¿Cuántos socorristas se deben tener y en qué horario?

En Alicante y el resto de lal Comunidad Valenciana sí es obligatorio contratar un servicio de socorrismo en piscinas de urbanizaciones según se refleja en el Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, especialmente por los artículos 264 y 265, según recuerda la propia Generalitat en su circular de piscinas y parques acuáticos para el verano de 2026.

Además, el número de socorristas necesarios dependerán de la escala de la piscina: de 200 a 500 metros cuadrados, al menos una persona socorrista; de 500 a 1.000 metros cuadrados, al menos dos; y si excede de 1.000 metros cuadrados, una persona socorrista más por cada 500 metros cuadrados de lámina de agua.

Imagen de un socorrista trabajando en una playa.

Imagen de un socorrista trabajando en una playa. / EP

En cuanto al a obligación de los socorrristas, estos deberán permanecer en la piscina o zona de baño durante todo el horario de funcionamiento. Durante ese tiempo no pueden realizar otra actividad distinta a la vigilancia y control de la zona y de los usuarios.

Para calcular cuántos socorristas hacen falta, no se mira necesariamente cada piscina por separado. La Generalitat recuerda que, cuando en el recinto haya diferentes vasos, se deben sumar todas las superficies de lámina de agua, salvo las piscinas de chapoteo, para calcular el número de socorristas exigibles.

En este sentido, si la separación entre los vasos o la forma de estos no permite una vigilancia eficaz, será obligatorio contar con una persona socorrista como mínimo en cada vaso.

¿Pueden acceder mascotas a la piscina?

Según la plataforma Fotocasa, por norma general y aunque sea una prohibición que se suele establecer en las juntas de propietarios, el acceso de mascotas a la zona de la piscina suele estar prohibido.

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Los veterinarios recomiendan pasear a los perros a estas horas para evitar un golpe de calor en verano / INFORMACIÓN

Cada junta de propietarios podrá ajustar estar y otros detalles de las normativas: como la celebración de fiestas, por ejemplo, dentro de los estatutos de cada comunidad.

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