La Seguridad Social lo confirma: se pueden cobrar dos pensiones de jubilación a la vez, pero con recortes en el importe si se superan los límites máximos
Puede existir derecho a ambos subsidios siempre que se cumplan los requisitos exigidos por separado en cada régimen

Jubilación e ingresos extra: lo explica un experto / Eva Abril
No es el escenario más común, pero en determinados supuestos sí se pueden cobrar dos pensiones de jubilación al mismo tiempo. La clave está en que esas pensiones no procedan del mismo régimen y en que la persona beneficiaria cumpla los requisitos exigidos por separado en cada uno de ellos.
La Seguridad Social recuerda que las pensiones de un mismo régimen son incompatibles entre sí cuando coinciden en una misma persona beneficiaria, salvo que una norma disponga lo contrario. En caso de incompatibilidad, quien tenga derecho a dos o más pensiones debe optar por una de ellas.

Una persona se informa sobre su jubilación. / José Luis Roca / EPC
Cuándo se pueden cobrar dos pensiones de jubilación
La excepción aparece cuando el derecho a la pensión se genera en regímenes distintos, es decir, como autónomos y trabajadores asalariados en una misma vida laboral (pertenecientes al régimen general y al régimen RETA, respectivamente). Si una persona ha trabajado muchos años como asalariada y también muchos años como autónoma, puede haber generado derecho a una pensión en cada “régimen”, siempre que cumpla los requisitos por separado en ambos.
La propia Seguridad Social explica que puede existir derecho a dos pensiones siempre que se cumplan los requisitos exigidos por separado en cada régimen.
La base legal está en la Ley General de la Seguridad Social. Su artículo 163 establece que las pensiones del Régimen General “serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario”, salvo que se disponga lo contrario legal o reglamentariamente.
Por tanto, la posibilidad de cobrar dos pensiones de jubilación no nace de acumular dos prestaciones dentro del mismo régimen, sino de haber generado derechos diferenciados como trabajador asaliariado y autónomo.
El límite máximo: cuánto te recortan de ambas pensiones
A pesar de que te hayan reconocido ambas pensiones, la suma de ambas no puede superar el límite máximo de las pensiones públicas. Según contempla el artículo 57 de la Ley General de la Seguridad Social establece que el importe de inicio de las pensiones contributivas no debe superar la máxima fijada anualmente. En este sentido, la suma de las pensiones concurrentes queda sometida también a ese tope. Para 2026, el Real Decreto-ley 3/2026 fija ese límite máximo en 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales.
Así que, en la práctica, a pesar de que se cumplan todos los requisitos para cobrar dos pensiones a la vez, se deberá tener en cuenta que si la suma supera la pensión máxima anual o mensual fijada para 2026, el importe final se ajustará a este límite.
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