El aviso de Hacienda a quienes tienen una casa en la playa: hay que declararla aunque la uses solo en verano
La Agencia Tributaria exige incluir en la Renta los inmuebles distintos de la vivienda habitual, estén vacíos, cedidos para uso propio o alquilados

Gestha advierte de los errores más comunes al hacer la Declaración de la Renta / Europa Press
Tener una segunda vivienda es una realidad habitual para muchas familias en España. Puede ser el apartamento de la playa que se usa en verano, la casa del pueblo heredada de los abuelos, un piso comprado como inversión o una vivienda que permanece vacía mientras se decide si venderla o alquilarla. En todos esos casos, el inmueble forma parte del patrimonio del contribuyente y, aunque no genere ingresos directos, Hacienda exige que aparezca correctamente reflejado en la declaración de la Renta.
La confusión suele aparecer porque muchos propietarios creen que solo hay que declarar una segunda vivienda cuando está alquilada y produce ingresos. Sin embargo, no es así. Que una casa esté cerrada, que se utilice solo unos días al año o que no haya dado ni un euro de beneficio no significa que quede fuera del control fiscal. La Agencia Tributaria distingue entre la vivienda habitual, que tiene un tratamiento específico, y el resto de inmuebles urbanos que están a disposición de sus titulares o que generan rentas por alquiler.
Declarar segunda vivienda
La obligación es clara: cualquier persona que tenga una vivienda distinta de su residencia habitual debe incluirla en el IRPF. Si el inmueble está alquilado, los ingresos se declaran como rendimientos del capital inmobiliario, aplicando los gastos deducibles que permita la normativa. Pero si no está alquilado y permanece vacío o se usa de forma ocasional, también debe declararse. En ese supuesto entra en juego la llamada imputación de rentas inmobiliarias, una figura fiscal por la que Hacienda considera que el propietario obtiene una renta potencial por tener ese bien a su disposición.
Esto afecta a numerosos casos cotidianos. Una familia que conserva una casa en la costa para pasar algunas semanas en agosto, un contribuyente que ha heredado parte de una vivienda junto a sus hermanos o una persona que compró un piso como inversión y todavía no lo ha puesto en alquiler deben revisar cómo aparece ese inmueble en su borrador. En la declaración, normalmente se informa dentro del apartado de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas, indicando el uso del inmueble y señalando que no se trata de la vivienda habitual. Si hay varios propietarios, cada uno debe declarar su porcentaje de titularidad.
¿Cuánto hay que pagar a Hacienda?
La cantidad que se imputa por una segunda vivienda no alquilada se calcula, con carácter general, a partir del valor catastral. Hacienda aplica el 2% sobre ese valor como regla general. No obstante, el porcentaje baja al 1,1% cuando el valor catastral ha sido revisado o modificado mediante un procedimiento de valoración colectiva en los términos previstos por la normativa. Si el inmueble no tiene valor catastral asignado o este no ha sido notificado al titular, se toma como referencia el 1,1% sobre el 50% del mayor valor entre el precio de adquisición o el comprobado por la Administración. Esa renta imputada se suma a la base imponible del IRPF y tributará según el tipo que corresponda al contribuyente.
¿Y si está alquilada?
La diferencia con una vivienda alquilada es importante. Cuando hay inquilino, el propietario no declara una renta imputada por el tiempo arrendado, sino los ingresos reales obtenidos por el alquiler, restando los gastos fiscalmente deducibles cuando proceda. En cambio, cuando el inmueble está vacío o a disposición del propietario, Hacienda no espera a que exista un ingreso efectivo: calcula una renta estimada. Por eso, una segunda residencia puede tener impacto en la declaración aunque no haya movimientos bancarios, facturas de alquiler ni contrato con terceros. El simple hecho de tenerla disponible ya obliga a reflejarla.
Multas por no declararla
No declarar una segunda vivienda puede provocar problemas con Hacienda, especialmente si el inmueble aparece en los datos fiscales del contribuyente y no se traslada correctamente a la declaración. La Agencia Tributaria cruza información del Catastro, registros, datos bancarios y declaraciones anteriores, por lo que omitir un inmueble puede derivar en una liquidación posterior, intereses de demora o sanciones si considera que ha habido incumplimiento. La recomendación para los propietarios es sencilla: revisar el borrador, comprobar todos los inmuebles, distinguir si están alquilados o a disposición del titular y corregir cualquier dato antes de presentar la Renta. Tener una casa vacía o de vacaciones no exime de declararla; para Hacienda, también cuenta.
Suscríbete para seguir leyendo
- Marc Márquez, sobre vivir en Andorra: 'A nivel de impuestos se paga mucho menos. Dos meses duré seguidos y dije 'yo España y casa. Ya está'
- Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social: 'Cuanto más alta sea nuestra base de cotización, mayor será la prestación
- ¿Cuánto tiempo puede estar una vivienda a nombre de un fallecido?
- Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social: “Tener hijos puede aumentar considerablemente la pensión”
- Transportes hace efectivo el despido de los 30 trabajadores de la antigua circunvalación de pago de Alicante
- Los apartamentos en la playa ya cuestan el doble que hace cinco años: estos son los municipios de Alicante más caros y más baratos
- Carlos Llull, experto en climatización: 'Dormir con el aire acondicionado encendido toda la noche cuesta menos de un euro
- La Seguridad Social reconoce el riesgo de una profesión muy común y abre la puerta a que este colectivo se jubile antes