Confirmado por el BOE: las empresas deberán prevenir el estrés laboral y proteger la salud mental
La actualización de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales refuerza la protección de las plantillas ante acoso, sobrecarga y desconexión digital

Estrés laboral: aprende a no sufrir en el trabajo / Europa Press
La salud mental ha ganado peso en todos los ámbitos de la vida diaria. Cada vez se habla más de ansiedad, estrés, agotamiento emocional o problemas derivados de la presión constante, tanto en el entorno personal como en el social. Lo que antes se consideraba una cuestión privada empieza a entenderse como un asunto colectivo que también necesita prevención, apoyo y medidas concretas.
El ámbito laboral no podía quedarse fuera de este cambio. La digitalización, el teletrabajo, la disponibilidad permanente, la presión por objetivos o la dificultad para desconectar han transformado la manera de trabajar. Por eso, la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laboralesbusca actualizar una norma pensada inicialmente para proteger frente a accidentes físicos y enfermedades profesionales tradicionales, incorporando ahora nuevos riesgos vinculados a la organización del trabajo.
Salud mental
Una de las principales novedades es la entrada expresa de la salud mental y los riesgos psicosociales en la prevención laboral. Esto significa que las empresas deberán tener en cuenta factores como el estrés, la sobrecarga, el acoso, la violencia, la falta de descanso o los problemas emocionales derivados del trabajo. La protección ya no se limitará a evitar caídas, golpes o lesiones físicas, sino que también deberá cubrir daños mentales, cognitivos, conductuales, sociales y emocionales.
La reforma amplía el concepto de daño derivado del trabajo y obliga a que estos riesgos se incorporen en las evaluaciones preventivas. Las compañías tendrán que identificar qué situaciones pueden afectar al bienestar psicológico de la plantilla y adoptar medidas para corregirlas. No bastará con entregar cuestionarios genéricos o documentos internos. Será necesario evaluaciones más completas y visitas presenciales a los centros de trabajo para conocer mejor la realidad de cada puesto.
Estrés laboral
Si se detectan problemas de estrés laboral o sobrecarga, la empresa deberá actuar sobre las causas. Entre las medidas posibles están redistribuir tareas, revisar objetivos, modificar procesos organizativos, reforzar equipos, garantizar la desconexión digital y activar protocolos frente al acoso o la violencia. La idea central es prevenir antes de que el daño se produzca y no limitarse a intervenir cuando el trabajador ya está de baja o ha sufrido un deterioro de su salud.
La norma también introduce una definición más amplia de violencia y acoso en el trabajo. Incluye conductas o amenazas que puedan causar daño físico o mental, aunque se produzcan una sola vez, y contempla también el ciberacoso, el uso de tecnologías, algoritmos o sistemas de inteligencia artificial, así como el acoso sexual o por razón de sexo. Además, la vigilancia de la salud deberá adaptarse a los riesgos concretos de cada puesto e incluir tanto la salud física como la mental.
Con esta reforma, la prevención laboral da un paso importante hacia una visión más completa de la salud en el trabajo. Las empresas seguirán obligadas a evitar accidentes y riesgos físicos, pero también deberán prestar atención al estrés, la carga mental, la desconexión, el acoso y el bienestar psicológico de sus plantillas. En un mercado laboral cada vez más digital y exigente, la seguridad ya no se medirá solo con cascos, guantes o protocolos técnicos, sino también con entornos laborales saludables.
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