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David Jiménez, abogado y economista: "Si estás soltero y no tienes hijos, no siempre puedes dejar tu herencia a quien quieras"

El especialista en herencias aclara quiénes son los herederos forzosos en estos casos y explica cuándo una persona puede decidir libremente el destino de su patrimonio

No cometas estos errores si tienes que repartir una herencia

No cometas estos errores si tienes que repartir una herencia / Eva Abril

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Alejandro Ruiz

Alejandro Ruiz

La idea de que una persona sin hijos puede dejar su herencia a quien desee está muy extendida, pero la realidad depende de quiénes sigan con vida en el momento del fallecimiento. Así lo explica David Jiménez, abogado y economista especializado en herencias, en uno de los últimos vídeos publicados en sus redes sociales, donde responde a una de las dudas más frecuentes en materia sucesoria.

El experto parte de una pregunta muy habitual: "Si estoy soltero y no tengo hijos, ¿puedo dejar mi herencia a quien quiera?". Y la respuesta, según explica, no siempre es afirmativa.

"En la mayor parte de España los herederos forzosos son los hijos. A falta de estos, que sería el caso, pasarían a ser los ascendientes, los padres y el cónyuge", señala. En una situación en la que la persona no tiene descendencia y tampoco está casada, serán los padres quienes conserven el derecho a recibir una parte de la herencia, al tener la condición de herederos forzosos.

David Jiménez también aprovecha para aclarar otra cuestión que suele generar confusión. "Tu pareja, si no estás casado o casada, no tiene derecho a nada", afirma. No obstante, matiza que existen excepciones en determinados territorios, como ocurre en Cataluña, donde la normativa sí reconoce determinados derechos sucesorios a las parejas estables.

Es cuando no existen hijos, los padres han fallecido y tampoco hay otros herederos forzosos cuando la situación cambia. "Puedes hacer lo que quieras con tu herencia. Se la puedes dejar a unos sobrinos, a tus hermanos o a quien quieras", explica el abogado.

Ahora bien, para que esa voluntad se respete, el especialista insiste en un requisito fundamental: hacer testamento. "Porque si no haces el testamento irán los bienes a quien dice la ley", concluye David Jiménez, recordando que, en ausencia de ese documento, será el orden de sucesión previsto en la legislación el que determine quién recibe el patrimonio.

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